Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XVII (1828-1829).djvu/163

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SESION DE 20 DE NOVIEMBRE DE 1828 157

neda a nombre del Supremo Gobernante que mandaba la Nacion, i de una venta, hecha entónces en público remate, todo le manifestaba que era un señor absoluto de esa especie, i esto le obligó a hacer cuantiosos gastos, haciendo altos i un hermoso almacén, cuando, de repente, se aparece Novajas despues que la Patria fué triunfante en el Perú i quitó a sus enemigos hasta la mas remota esperanza de volver a esclavizarla; i cuando el sistema liberal dió en Valparaíso a los fundos un valor estraordinario, entonces, vuelvo a decir, se aparece este individuo reclamando unos derechos tan justamente perdidos, i entabla un juicio contra mi finado esposo, en el que despues de gastado un dineral, recibe el doloroso fallo de entregar la casa a Novajas, reservándole su derecho para que repita contra el vendedor. No le queda reclamo alguno porque esta sentencia fué en segunda instancia: apela solo a los débiles i embromatorios artículos, que siempre son de peso i entidad cuando la razon i la justicia los auxilia. Entre ellos fué uno la injente cantidad que ha invertido en ese fundo, i que ínterin no se tase esa importante mejora i se le pague su valor, le proteje la lei en la pose sion, pues esa mejora, si hai algunas de buena fé, debe serlo ésta. Felizmente, ha hecho duradero el litis un artículo de esta clase, mas ya tengo noticia que aun esto sea perdido, i que mandan entregar el fundo sin que se anticipe este pago, porque el contrario ha alegado que no tiene cómo hacerlo, i que con los alquileres lo irá verificando. Muchos abogados aseguran que hai en este juzgamiento, un quebrantamiento espreso de las leyes que rijen en el país, i este mismo reclamo he entablado, manifestando dos leyes que han sido barrenadas con ese auto de la Ilustrísima Corte. Nada se ha decidido, pero estoi segura que el motivo de este retardo es porque existe un Congreso, i el temor de que se les haga manifiesto un hecho de esa clase, les hace callar; mas, apénas dejará de existir, cuando las leyes irán por tierra i se ejecutará lo juzgado.

Los inconvenientes que presenta la sentencia, a mas de lo espuesto, son: que yo debo repetir contra el que le vendió a mi finado marido, sujeto que no reside en el país, ni se sabe si es muerto o vivo, i que, a mayor abundamiento, se presentó por quebrado, cuyo hecho es notorio a todo el país. Un celemín de pleitos será necesario: primero el de mí contra Delegal, segundo el de éste contra Tortel, i tercero el de Tortel contra el Fisco. Este hecho solo, manifiesta que la sentencia no será la mas arreglada i conforme a justicia, cuando en vez de concluir un pleito forma tres litijios: por último, el mayor valor que ha dado el tiempo i el sistema liberal a ese fundo, no puede abonarlo el Fisco, siendo el mas fatal resultado que venga a lograrlo el que no lo merece, en perjuicio de los que hicieron desembolso con el riesgo de que si triunfaban las armas del Rei, habian de perderlo, i con el beneficio de que este dinero iba a servir para la misma defensa del país: mas, no hai consideracion en estos juzgadores, ni se respeta un remate público, ni el honor que caracteriza la firmeza que deben tener los contratos del Supremo Gobierno. A mí me parece que demasiada gracia se haria a Novajas si el Congreso dijera: "devuélvasele el dinero que recibió el Gobierno por la venta de su casa; a cuyo va'or solo puede tener pretensiones".

Finalmente, la infrascrita espera humildemente que la Soberanía se digne dar a esta solicitud un lugar en sus sesiones, bajo la firme intelijencia que si lo juzgado es con arreglo a las leyes del país, quedará mui satisfecha con que así lo declare la sabiduría del Congreso; pero, si por el contrario, estas leyes i el honor i la buena fé del Gobierno en sus contratos resisten al proceder que han observado los jueces, deseará que se desagravie i deje tranquilos en nuestros derechos a mí i a los huérfanos por quienes hablo, acreedores en el dia a las mayores consideraciones, pues merecemos ciertamente la proteccion de todas las leyes en todo el mundo civilizado por mujer i viuda yo, i ellos por párvulos i huérfanos. En esta virtud:

Yo que suscribo, saludo al señor Diputado-Secretario, i vuelvo a suplicarle se sirva hacer como le he pedido, i le ofrezco toda mi consideracion i respeto. —Valparaíso, Octubre 30 de 1828. —María Dunn.