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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XVII (1828-1829).djvu/391

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SESION DE 22 DE SETIEMBRE DE 1829 385
Notas del coronel

Valor, acreditado.

Aplicacion, bastante.

Capacidad, id.

Conducta, buena.

Estado, casado. —Morla.

Certifico ser copia de la orijinal, que existe en la Mayoría Jeneral del Rejimiento. —Rafael Hilario Barainca.


Núm. 144

Excmo. Señor:

El Fiscal, en vista de la solicitud de doña Mercedes Squella, dice: Que los méritos i servicios del Capitan Oyangúren, le hacen acreedor a que V.E., con mano franca i liberal, le dispense cualesquier gracia. V.E. mismo, como testigo de vista, debe saber cuál ha sido su comportacion i su conducta en el Campo de Marte, i ella misma nivelará la Suprema resolucion sobre su peticion. No obstante, el Ministerio, cuyas facultades i atribuciones no son dispensar gracia, sino sostener la lei i acceder solo en lo de rigurosa justicia, no puede convenir, con bastante sentimiento, en la solicitud de la interesada; pero V.E. con su acostumbrada liberalidad, resolverá lo mas equitativo. —Santiago, Mayo 24 de 1826. —Elizalde.


Núm. 145

Con lo espuesto por el Ministerio Fiscal, i teniendo el Gobierno en consideracion que seria tan riguioso como injusto abandonar a la miseria la viuda del valeroso guerrero Oyangúren, cuya memoria debe recomendarse a la gratitud nacional, privándola de los ausilios a que es mui acreedora por el distinguido mérito i servicios de su finado espeso, solo porque le falta un corto término para completar el que exije la lei para gozar del montepío; i no teniendo el Gobierno por ahora medio de proporcionarle los socorros que desearia para hacer ménos lamentable su situacion, remítase este espediente al Ministerio de la Guerra, a fin de que se le declare opcion al montepío militar, como una gracia especial que no debe servir de ejemplo en lo sucesivo. —Santiago, Junio 2 1826. —(Hai una rúbrica). —Blanco


Núm. 146

Atendiendo a que el Capitan Oyangúren se ha distinguido por sus servicios prestados siempre en campo i al frente del enemigo, le es de abono en su hoja de seivicios el tiempo de un año i mes que le falla para el completo de los dias que designa el decreto de 20 de Febrero último, relativo a montepío, i en su virtud se declara tener derecho a dicha pensión la viuda del espresado Oyangúren desde la fecha de su fallecimiento. Tómese razon donde corresponda i trascríbase al Comandante Jeneial de Armas. —Santiago, Junio 21 de 1826. —Freire. —Obejero, Pro-Secretario. —Refrendado. —Gandarillas.

Se tomó razon en el Tribunal Mayor de Cuentas de Santiago, a 22 de Junio de 1826, a fojas 158 vuelta, del libro de decretos, núm. 25. —Correa de Saa.

Se tomó razon a fojas 270 vuelta, del libro de títulos núm. 5, en 8 de Agosto de 1826. —Vargas. —Marzan.


Núm. 147

Por el Ministerio de Guerra, con fecha 21 del piesente, se me dice lo que sigue:

"S.E. el Supremo Director convencido de las poderosas razones que doña Mercedes Squella, viuda del Capitan de Artillería don Alejo Oyangúren, alega en su favor para obtener derecho al montepío militar, ha tenido a bien con esta fecha decretar lo siguiente: "Atendiendo a que el Capitan Oyangúren se ha distinguido por sus servicios prestados siempre en campaña i al frente del enemigo, le es de abono en su hoja de servicios el tiempo de un año i mes que le falta para el completo de los dias que designa el decreto de 20 de Febrero último relativo a montepío, i en su virtud se declara tener derecho a dicha pension la viuda del espresado Oyangúren desde la fecha de su fallecimiento. Tómese razon donde corresponda i trascríbase al Comandante Jeneral de Armas."

I yo lo trascribo a V. para su conocimiento i efectos consiguieres, ofreciéndole las considerasiones de nri distinguido aprecio. —Comandancia Jeneral de Armas. —Santiago, 23 de Junio de 1826. —J. Manuel Borgoño. —Señora doña Merceeles Squella.


Núm. 148

Yo, el Capellan del Rejimiento de Artillería, teniente de Vicario Jeneral Castrense i Vicario Honorario, ceitífico, en derecho, como en el libro de bautismos del Rejimiento de mi jurisdiccion se halla la partida que sigue:

"En catorce del mes de Junio de mil ochocientos veinticuatro, puse óleo i erisma a Nicanor, Basilio, José, Juan, en el día de nacido, hijo lejítimo de den José Alejo Oyangúren, Capitan de la segunda compañía del Escuadrón del Rejimiento de Artilleria, i de doña María de Mercedes Squella. Padrinos de agua i óleo: don Juan Bautista Oyargúren i doña Maiía del Cármen