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388 CÁMARA DE DIPUTADOS


  1. Que la renuncia de S.E. el Presidente de la República es fundada sobre el solo motivo de su enfermedad, que puede cesar i permitirle el ejercicio de sus funciones; 3.º Que este mismo motivo hace sumamente estrecho el término prescrito por el Senado para su comparecencia, el cual tampoco debe ser perentorio: por lo que la Comision presenta el siguiente proyecto de acuerdo:
  1. Se aprueba el primer artículo de la resolucion remitida por la Cámara de Senadores sobre que el actual Jefe Supremo de la República deba continuar en su cargo hasta que se reciba el Presidente electo.
  2. Ofíciese a éste para que en el término de ocho dias se presente en esta ciudad a recibirse de su cargo ante la autoridad i en los términos que previene la Constitucion, dando cuenta si no pudiese hacerlo.
  3. En consecuencia, no se le admite la renuncia presentada con fecha 18 del corriente.
  4. Pásese esta resolución a la Cámara de Senadores para que emita su aprobacion en lo que fuere necesario, conforme a la lei. —Trascríbase etc. —Sala de la Comision, Valparaíso, Setiembre 22 de 1829. —Meneses. —Ramos. —Correa de Saa. —Mena. —Argomedo.