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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XVII (1828-1829).djvu/476

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tuarlas, igualmente carece de arbitrios aun para cubrir el arrendamiento de la sala que está ocupando i el sueldo de sus empleados.

De tan abatida situacion como en la que se halla el cuerpo Municipal, i reuniéndose en el de esta ciudad atenciones de mas trascendencia que en los del interior, no pudo la Asamblea desentenderse de solicitarle un préstamo con que cubriese sus precisos gastos i los que le ocasiona esta sala por el tiempo de nuestras sesiones, pareciéndonos oportuno fuese auxiliado aquel Cabildo por la Tesorería Nacional, entre tanto venia vuestra soberana declaracion, concediéndole los arbitrios que bastasen pira el reintegro del préstamo i sucesivas atenciones de dicho cuerpo.

Para la consecucion de este favorable empeño, han mediado infructuosamente las comunicaciones con el Intendente de la Provincia, que en copia elevamos a vuestro conocimiento bajo de los números i, 2, 3 i 4, en testimonio de la triste suerte en que se halla la administración de esta Provincia.

Últimamente, para evitar el desconcepto en que podia caer la Municipalidad con el propietario de la sala que ocupan nuestras sesiones i con los empleados en el servicio de la Asamblea que debian ser pagados por el Cabildo, conocida su situacion, ofreció el ciudadano Diputado don Antonio Pérez satisfacer mensualmente los gastos que está causando este cuerpo desde su instalacion, en calidad de préstamo, cuyo jeneroso servicio ha sido aceptado.

Por cuanto es visto que no tienen los pueblos de la Provincia arbitrios para entablar mejoras en ningun aspecto, i considerando lo útil que puede ser algun dia a la Nacion el sacarla de tan deplorable estado, aunque no se lograre otra recompensa que la de ver a esta parte de la República fuera del pupilaje en que existe, hemos resuelto hacer la propuesta siguiente:

Los Diezmos de todo el distrito de la Provincia ascienden anualmente a diez mil i pico de pesos, que son contenidos en trigo, papas, diferentes legumbres, cebada, manzanas i ganado, de cuyo ramo podria segregarse (sin grave perjuicio del Estado) uno de los dos primeros artículos a favor de arbitrios de las Municipalidades, con que podrian cubrir los gastos que les demandan sus principales obligaciones.

La Asamblea Provincial, al tiempo de manifestar su opinion en lo que ha propuesto, se congratula de reiterar al Soberano Congreso su mas cordial afecto i respeto.

Sala de Sesiones en San Cárlos de Chiloé, i Agosto 3 de 1829. —DIONISIO GONZÁLEZ DE HONTANEDA, Presidente. —José Domingo Loaiza, Diputado-Secretario. —Al Soberano Congreso Nacional de la República de Chile.


Núm. 258

Asamblea Provincial de Chiloé. —Sala de Sesiones, 10 de Julio de 1829. La Municipalidad de esta Capital ha representado a esta corporacion su total indljencia e imposibilidad de subvenir a los indispensables gastos que demanda la permanencia de ambos cuerpos; ella ha manifestado a la Asamblea que los propios de ciudad están empeñados en cerca de 400 pesos, i sus arbitrios no llegan a 100 pesos anuales, que son eventuales, por ser procedentes de impuesto sobre el jiro de las embarcaciones que cargan los buques. No tiene sala capitular ni posesion alguna que pertenezca a propios; las que ocupan aquella i esta Corporacion son arrendadas por meses a ciudadanos paiticulares, cuyo pago debe efectuar el Cabildo tan relijiosamente como el del sueldo señalado a sus sirvientes i los de la Asamblea; con este designio ha remitido a esta Sala un presupuesto de los indispensables gastos por cada mes, que con agregación de los de esta Secretaría ascienden a 80 pesos mensuales. La Municipalidad ha propuesto varios arbitrios a favor de propios de ciudad, cuya aprobacion debe ser pronunciada por el Soberano Congreso Nacional, como de los necesarios para ocurrir a los gastos de la administracion de la Provincia, en virtud de la propuesta que ordena el artículo 115 de la Constitucion. Entre tanto, i para que el Cabildo de esta capital pueda cumplir con esta parte de sus deberes, ha resuelto la Asamblea en sesion de hoi, lo que sigue: "Póngase en conocimiento del señor Intendente de la Provincia las circunstancias de indijencia manifestadas por la Municipalidad de esta capital, para que, por vía de préstamo, se sirva ordenar al Ministro principal de la Tesorería Nacional la entrega de 80 pesos mensuales a disposicion de la mencionada Municipilidad desde 1.º de Junio en que fué instalado este Cuerpo, con cargo de su oportuno reintegro afianzado con los propios i arbitrios de esta ciudad."

El Presidente de la Asamblea, al ponerlo en conocimiento de V.S., le ofrece los sentimientos de su debida consideracion i aprecio. —DIONISIO GONZÁLEZ DE HONTANEDA , Presidente. —José Domingo Loaiza, Diputado- Secretario. —Señor Intendente de la Provincia, don José Santiago Aldunate.


Núm. 259

Intendencia de la Provincia de Chiloé. —San Cárlos Julio 16 de 1829. —He tenido el honor de recibir la comunicacion de la Honorable Asamblea con fecha 10 del corriente mes, en que representa la imposibilidad en que se halla la Municipalidad de esta capital de subvenir a los indispensables gastos para la permanencia tanto del Cabildo como de la Honorable Asamblea, en cuya virtud, haciendo manifestacion de