Art. 3.º Las vacantes que resultaren despues de esta integracion, se proveerán por el ▼ Poder Ejecutivo a virtud de propuesta de los respectivos ▼ Cabildos hecha en la forma prescrita por los cánones; pero de eclesiásticos precisamente seculares que hayan prestado o estén sirviendo algún empleo público.
Art. 4.º Comuniqúese a quienes corresponda. —Santiago, Octubre 2 de 1828. —▼Francisco B. de Orihuela.
Núm. 72
En sesion de este dia ha procedido la ▼Cámara de Diputados a nueva eleccion de Presidente i Vice-Presidente, cuyos cargos recayeron en el señor don ▼Melchor de Santiago Concha i don ▼Blas Reyes.
El que suscribe tiene la honra de comunicarlo al señor Vice-Presidente de la República i de saludarle con su mayor respeto. —Santiago, Octubre 2 de 1828. —▼ENRIQUE CAMPINO. —▼Ignacio Molina, Secretario. —Al Gobierno, avisando la eleccion de Presidente i Vice.