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SESION DE 2 DE JULIO DE 1828
CONGRESO CONSTITUYENTE
SESION 64.ª, EN 2 DE JULIO DE 1828
PRESIDENCIA DE DON MANUEL NOVOA


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobación del acta de la sesión precedente. —Elección de don Manuel Novoa i don Francisco Calderón para Presidente i Vice-Presidente del Congreso. —Artículos 45, 46 i 47 de la Constitución. —Tabla. —Acta. —Anexo.


ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Elejir a don Manuel Novoa i don Francisco Calderón para Presidente i Vice-Presidente del Congreso. (Anexo núm. 176. V. sesiones del 4 de Junio i 2 de Agosto de 1828.)
  2. Aprobar el inciso 17 del artículo 45 de la Constitución; inciso que encomienda a las dos Cámaras reunidas la elección de los individuos de la Corte Suprema de Justicia. (V. sesiones del 4 de Octubre de 1827 i Cámara de Diputados, en 15 de Enero de 1829.)
  3. Aprobar asimismo, los artículos 46 i 47 de la Constitución. (V. sesiones del 1.º i el 3)

ACTA

Se abrió ron los señores Albano, Argüelles, Argomedo, Araos, Calderón, Campino, Castillo, Collao, Concha, E'izalde, Fernandez, Gana, González, Gormaz, Guerrero, Larrain, Lira, Molina, Muñoz, Marin, Navarro, Novoa don Manuel, Orjera, Orihuela, Palacios, Prado, Piieto, Recabárren, Reyes, Sánchez, Sotomayor, Valdés, Vicuña i Ureta.

Faltaron con licencia los señores Barros, Novoa don José María, Urízar i Vial del Rio.

Se aprobó el acta de la sesión anterior.

El Presidente espuso que habia espirado el término de sus funciones i que la Sala procediere a la elección de estilo; hecha ésta resultó electo para Presidente, Novoa don Manuel por treinta i un sufrajios, habiendo sacado para el mismo cargo, dos el señor Marin i uno el señor Vial. Para Vice Presidente hubo diez i seis sufrajios por el señor Lira, catorce por el señor Calderón, dos por el señor Recabárren i uno por el señor Navarro; mas como no resultase mayoría absoluta se procedió de nuevo a la elección con arreglo al reglamento, i quedó electo Vice-Presidente el señor Calderón por diez i siete sufrajios contra diez i seis que sacó el señor Lira. En consecuencia, los señores Novoa i Calderón ocuparon los asientos respectivos i leida la parte décimasétima del artículo 45 que quedó pendiente en la sesión anterior, fué sancionado despues de un largo debate en los términos siguientes: "Nombrar reunidas las Cámaras los miembros de la Coite Supreman. Salvaron su voto los señores Recabárren i Elizalde; el señor Orjera