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CONGRESO CONSTITUYENTE

crédito público; 6.ª Aprobar o reprobar la declaración de guerra que el Poder Ejecutivo haga i los tratados que celebre con potencias estranjeras; 7.ª Designar anualmente la fuerza armada necesaria en tiempo de paz i de guerra; 8.ª Crear nuevas provincias, arreglar sus límites, habilitar puertos, establecer aduanas i derechos de importación; 9.ª Fijar el peso, lei, valor, tipo i denominación de las monedas i arreglar el sistema de pesos i medidas; 10. Permitir o prohibir la admisión de tropas estranjeras en el territorio de la República, determinando el tiempo de su permanencia en él; 11. Permitir o prohibir la salida de las tropas nacionales fuera del territorio de la República, determinando el tiempo de su regreso; 12. Crear o suprimir empleos públicos, determinar o modificar sus atribuciones, señalar, aumentar o disminuir sus dotaciones o retiros; dar pensiones o recompensas pecuniarias o de otra clase i decretar honores públicos a los grandes servicios; 13. Conceder indultos en casos estraordinarios; 14. Hacerlos reglamentos de milicias i determinar el tiempo i número en que deben reunirse; 15. Elejir el lugar en que deban residir los supremos poderes nacionales; 16. Aprobar o reprobar erección i reglamentos de los bancos de descuento, hipotecarios o de cualquiera otra clase.

Siendo la hora avanzada se levantó la sesión, anunciándose que en la siguiente se continuarían los mismos asuntos. —José Manuel Novoa. —Bruno Larrain.