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SESION DE 16 DE JULIO DE 1828
CONGRESO CONSTITUYENTE
SESION 78.ª, SESION EN 16 DE JULIO DE 1828
PRESIDENCIA DE DON MANUEL NOVOA


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobación del acta de la sesión precedente. —Cuenta. —Artículos 89 a 95 de la Constitucion. —Escusa del señor López. —Tabla. —Acta. —Anexo.


CUENTA

Se da cuenta:

De una nota del coronel don Agustín López, quien avisa que no le es posible venir a incorporarse al Congreso. (Anexo núm. 216. V. sesión del 12.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Aprobar en la forma que en el acta consta, los artículos 89 a 91 de la Constitución. (V. sesiones del 13 i del 17.)
  2. Aprobar en la misma forma los artículos 92 a 95 sobre organización del poder judicial. (V. sesión del 14 de Enero de 1823 i C. de SS. en 23 de Setiembre de 1829.)
  3. Sobre la escusa del señor López, que la Comision de Policía Interior dictamine. (V. sesion del 17 bis.)

ACTA

Se abrió con los señores Albano, Argüelles, Argomedo, Araos, Bilbao, Calderón, Concha, Castillo, Collao, Cortés, Elizalde, Echeverría, Fernandez, Gana, Guerrero, Gormaz, Lira, Larrain, Molina, Navarro, Novoa don Manuel, Novoa don José María, Orihuela, Orjeda, Palacios, Prado, Prieto, Reyes, Ramos, Sánchez, Sotomayor, Vicuña, Valdes, Ureta i Vial del Rio.

Faltaron con licencia los señores Barros, Campino, González, Marin, Muñoz, Recabárren, Urízar. El señor Muñoz llegó, sin embargo, despues de la lectura del acta.

Despues de leidos i discutidos suficientemente los artículos 89, 90 i 91, partes 1.ª, 2.ª, 3.ª i 4.ª del capítulo 8.º, quedaron aprobados en los términos siguientes:


CAPÍTULO VIII
De la Comision permanente

Art. 89. Durante el receso del Congreso, habrá una Comision permanente compuesta de un senador por cada provincia.

Art. 90. En los dos primeros años serán miembros de la Comision Permanente los Senadores nombrados, en primer lugar, por las respectivas asambleas provinciales, i en lo sucesivo los mas antiguos. Los miembros de la Comision