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SESION DE 1.º DE AGOSTO DE 1828
CONGRESO CONSTITUYENTE
SESION 96.ª, EN 1.º DE AGOSTO DE 1828
PRESIDENCIA DE DON MANUEL NOVOA
SESION 96.ª, EN 1.º DE AGOSTO DE 1828
PRESIDENCIA DE DON MANUEL NOVOA
SUMARIO. —Asistencia. —Aprobación del acta de la sesión precedente. —Cuenta. —Inciso 2.º del artículo 114. —Mociones de los señores Argomedo i Ramos. —Inciso 7.ºdel artículo 116 i nuevo artículo 117. —Mocion de la Comision de Constitución. —Artículo 123. —Mocion del señor Argomedo. —Tabla. —Acta. —Anexos.
CUENTA
Se da cuenta:
- De una mocion del señor Argomedo.
- De otra del señor Molina, quien propone se estatuya que los Intendentes i Gobernadores sean acusados ante las Asambleas (Anexo núm. 300. V. sesión del 18 de Julio de 1823.)
- De otra mocion del señor Ramos, quien propone se confiera a los Intendentes las atribuciones de Gobernador en los departamentos donde residan. (Anexo número 301.)
- De otra de la Comision de Constitución, la cual propone un artículo relativo al juzgamiento de los Ministros de la Corte Suprema. (Anexo núm. 302. V. sesión del 27 de Abril de 1823.)
- De un dictámen de la misma Comision, la cual propone una nueva redacción del inciso 7º del artículo 116 del proyecto que se discute. (Anexo núm. 303. V. sesión del 31 de Jidio de 1828.)
ACUERDOS
Se acuerda:
- Aprobar en la forma que en el acta consta el inciso 2º del artículo 114 del proyecto de Constitución.
- Que la Comision de Constitución dictamine sobre las mociones de los señores Ramos, Argomedo i Molina. (V. sesión del 4.)
- Aprobar en la forma que en el acta consta el inciso 7º del artículo 116 i los artículos 117 i 123 del proyecto de Constitución.
- Dejar para segunda discusión un artículo propuesto por la Comision de Constitución sobre juzgamiento de los Ministros de la Corte Suprema. (V. C. de D. D. en 3 de Diciembre de 1828.)
- Dejar para segunda discusión la mocion del señor Argomedo.