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DOCUMENTOS POSTERIORES

Núm. 343

El Gobierno i cabildo de la villa de Petorca, cumpliendo con los deberes de su cargo en beneficio de su poblacion, espone a V. S. que los perjuicios resultados del temporal i copiosas lluvias sufridos el 18 i 19 del corriente, han puesto este vecindario en la mayor consternación; treinta i seis horas de aguacero sin la menor interrupción, causó la avenida en todas las quebradas que la circulan i del río que la baña, en tanta abundan-cía que puso todo el pueblo en movimiento, creyendo se lo arrastrase por momentos sino llegaba la calma. Cesaron en fin los recelos que nos amenazaron, pero los perjuicios sufridos en la poblacion son incalculables, si se nivelan a las pequeñas proporciones de este infeliz vecindario. Sus clamores lastiman lo mas vivo del alma de los que tienen el honor de representarlo a V. S. como padre i primer majistrado de la provincia. En el pueblo no se oye otra voz que trabajos i desgracias; ni se presenta a la vista otra cosa que la mayor parte de las casas amenazadas por la parte del rio las unas, otras por las aguas de las quebradas de la serranía, las calles i plazas embancadas con gredas i piedras, como también con brechas i zanjones que abrazan cuadras enteras. El rio sobre la poblacion se ha llevado seis casas i está batiendo las murallas de la casa hospital hasta desquiciarle en un estremo los cimientos.

Chácaras anegadas, terrenos perdidos. Árboles i siembras arrebatadas de las manos de los infelices; tomas de trapiches i acequias de riego borradas enteramente; minas llenas de agua i derrumbadas, son los objetos que hoi ocupan la consideración de estos habitantes, no quedándoles arbitrio para remediar sus daños con la prontitud que exijen las circunstancias, por falta de recursos. El objeto primordial de este Gobierno es meditar arbitrios que embaracen el aumento de estos perjuicios; pero ¿qué medidas podrán tomarse en un pueblo pobre i en el que todos sus vecinos acaban de sufrir males incalculables en sus pequeñas fortunas? Debiendo considerarse también que en la avenida del año pasado sufrieron igual infortunio con sola la diferencia que el rio quedó en aquella vez distante de la poblacion, motivo que pudo calmar en parte los conflictos que hoi hace duplicar la inmediación. Los que sus- criben no encuentran en tan críticos momentos otro recurso que representarlo a V. S. para que se sirva elevarlo con su respectivo informe a la consideración del señor Vice-Presidente de la República, quien, como padre jeneral de los pueblos, tendrá a bien atender a este desgraciado vecindario en las necesidades que lamenta. Esta corporacion está penetrada que en iguales circunstancias ha sabido S. E. calmar la aflicción de otros vecinos poseedores quizás de mayores recursos. Con cuanta razón no debería esperar Petorca que no tiene ningunos, si en otro tiempo ha sabido sostenerse a costa de sacrificios sin pensionar en nada a los fondos públicos para su adelantamiento, hoi le es indispensable, para reparar en parte la ruina de la poblacion, exijir se le faciliten mil pesos del ramo de tabacos para formarse un tajamar que resguarde la parte superior donde está amenazada; mucho mas debe gastarse pero su virtuoso vecindario,a pesar de sus atrasos sabrá esforzarse para la falta. Sírvase pues V. S., en obsequio de este pueblo, elevarlo como se ha dicho a la superioridad. Recibiendo entre tanto los sentimientos de nuestro aprecio i consideración. —Sala capitular, Petorca 23 de 1828. —Manuel Jasé de Silva. —José Ramón de Silva. —Pedro Antonio Acuña. —Hermenejildo Olivas. —Ignacio del Cármen Humeres. —Al señor Gobernador-Intendente.

==== Núm. 344 ==== [1]

Por nombramiento de S. E. el señor Vice-Presidente he suplido en la Corte de Apelaciones la falta del señor don José Miguel Infante durante su destino de diputado del Congreso Nacional. El Sábado 16 del corriente ha vuelto al Tribunal, i el señor rejente ha despachado con él i demás Ministros, escluyéndoseme, lo que me obligó a retirarme de la Sala. Ántes habia preguntado al señor Infante si tenia hecha su renuncia, i me contestó que nó.

No he visto un decreto público de su separación del Cuerpo Lejislativo; no se me ha manifestado una órden de S. E. el señor Vice-Presidente. El Tribunal nada me habia hecho saber dispuesto por él. En tales circunstancias no llenaría mi deber si no lo pusiera en noticia de V. S. para que la trasmita a S. E. Este es el único objeto que me mueve a la presente comunicación, recibiendo al darla, el placer de ofrecer a V. S. los sentimientos de mi mayor consideración.

Santiago, Agosto 18 de 1828. —Santiago Mardones. —Señor Ministro del Interior.


==== Núm. 345 ==== [2]

Ministerio del Interior:

He dado cuenta a S. E. el Vice-Presidente de la República de la nota que V. S. dirije con esta fecha al Ministerio, anunciándole haberse incorporado a la Corte de Apelaciones, a pretesto de que el Congreso ha absuelto sus funciones de Constituyente.

El Gobierno estraña que V. S. haya tomado una determinación enteramente contraria a las

  1. Este documento ha sido tomado de la Clave de Chile, 1828-1829. (Nota del Recopilador.)
  2. Este documento ha sido tomado de La Clave de Chile, 1828-1829. (Nota del Recopilador.)