▼▼Casimiro Albano. —▼Francisco Calderón. —▼Joaquin Prieto. —▼ Francisco Fernández. —▼ P. Prado Montaner.
Núm. 405
▼El Congreso jeneral, habiendo tomado en consideración la nota del Poder Ejecutivo fecha 2 de Agosto, en que espone la conveniencia que resultaría al Erario de la venta de la fragata Lautaro, bergantín Galvarino i goleta Motezuma, ha resuelto lo siguiente:
▼Artículo primero. Se faculta al Gobierno para que proceda a la enajenación de los tres buques de guerra que espresa.
Art. 2.º El casco de la Lautaro, despues de enajenado su aparejo, etc., deberá destinarse a la formacion de un muelle, para lo que se le autoriza.
Art. 3.º Suprímanse las comisarías i demás oficinas de marina innecesarias, para cuyo efecto podrá el Ejecutivo, con la posible brevedad, presentar un proyecto el mas económico de reforma, o si es dable que la marina sea servida por asiento o contratas particulares a estilo de otras naciones.
El Presidente de la Sala de Senadores, en donde ha tenido su oríjen, tiene la honra de comunicarlo a S, E. el Vice-Presidente de la República i de ofrecerle los sentimientos de su mayor aprecio. —Setiembre 27 de 1828. —A S. E. el ▼Vice-Presidente de la República.