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CÁMARA DE SENADORES
▼
Un sárjento mayor con el sueldo de caballería | 1,296 |
Un capitan con el sueldo de caballería | 912 |
Un subteniente con el sueldo de caballería | 396 |
$ 20,104 | |
Ministerio del Interior i Esterior | |
El ▼Ministro disfrutará el sueldo anual de cuatro mil pesos | $ 4,000 |
Los oficiales para el desempeño de ámbos destinos solo serán cinco, a saber: | |
Un oficial mayor con el sueldo anual de dos mil pesos | 2,000 |
Dos primeros a mil pesos | 2,000 |
Un segundo setecientos pesos | 700 |
Un tercero con seiscientos pesos | 600 |
Un archivero con seiscientos pesos | 600 |
Una ordenanza con ciento cincuenta pesos al año | 150 |
Para gastos de secretaría doscientos pesos anuales | 200 |
Para el periodista de la Gaceta Ministerial seiscientos pesos anuales | 600 |
$ 10,850 | |
Ministerio de Hacienda | |
El Ministro disfrutará el sueldo anual de cuatro mil pesos | $ 4,000 |
Los oficiales para el desempeño de la secretaría serán solo cuatro, a saber: | |
Un oficial mayor con dos mil pesos anuales | 2,000 |
Un primero con mil pesos | 1,000 |
Un segundo con setecientos | 700 |
Un tercero con seiscientos. | 600 |
Un oficial de partes con seiscientos | 600 |
Un portero con ciento cincuenta pesos | 150 |
Para gastos de secretaría doscientos pesos anuales | 200 |
$ 9,250 | |
Ministerio de la Guerra i Marina | |
El Ministro gozará el sueldo anual de cuatro mil pesos | 4,000 |
Los oficiales para el desempeño de ámbos objetos son seis, a saber: | |
Un oficial mayor con dos mil pesos anuales | 2,000 |
Dos primeros con mil pesos cada uno. | 2,000 |
Un segundo con setecientos pesos. | 700 |
Un tercero con seiscientos pesos | 600 |
Un oficial ausiliar con un peso diario. | 365 |
La ordenanza con ciento cincuenta pesos | 150 |
Para gastos doscientos pesos anuales. | 200 |
$ 10,015 | |
PODER JUDICIAL | |
Suprema Corte de Justicia | |
Este Tribunal se compone de cinco individuos i un Fiscal, a saber: | |
Un Presidente con el sueldo anual de tres mil quinientos pesos | $ 3,500 |
Cuatro Ministros a tres mil pesos. | 12,000 |
Un Fiscal, el mismo sueldo. | 3,000 |
$ 18,500 | |
Secretaría | |
Secretario Relator con ochocientos pesos anuales | 800 |
Un escribiente con trescientos pesos. | 300 |
Un portero con doscientos pesos anuales | 200 |
Una ordenanza con treinta pesos anuales | 30 |
Para gastos de escritorio cincuenta pesos | 50 |
$ 19,880 | |
Resúmen jeneral de sueldos | |
Del Poder Lejislativo | $ 48,000 |
Del Ejecutivo | 20,104 |
De la Suprema Corte de Justicia | 19,880 |
Total | $ 87,984 |
Santiago, Enero 4 de 1829. —▼ Manuel Gormaz.
Núm. 599
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▼MOCION
▼Artículo primero. Para la mejor administracion de justicia se establecen por ahora en la República de Chile tres ▼Cortes de Apelaciones: una en la capital de Concepcion, cuya jurisdiccion se estiende desde el Cabo de Hornos hasta la márjen meridional del Maule; otra en la capital de Santiago, cuya jurisdiccion se estiende desde el Maule hasta las, márjenes del Choapa; i otra en la capital de Coquimbo, cuya jurisdiccion se estiende desde la márjen septentrional del Choapa hasta el despoblado de Atacama.
Art. 2.º Cada Corte de Apelaciones se compondrá de un Rejente, dos Ministros propieta