▼cias del sur, amenazadas por los bandidos acaudillados de ▼Pincheira, ha acordado i decreta:
Artículo primero. Se autoriza al Vice-Presidente de la República para disponer de la cantidad de cien mil pesos de la parte pagadera a plata, correspondiente a los muebles i semovientes de bienes que fueren de regulares.
Art. 2.º Esta cantidad será reintegrada por el Gobierno luego que las circunstancias del ▼Fisco lo permitan; aplicándose a los que está destinada por su naturaleza.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para su intelijencia i fines consiguientes. —Blanco.
Núm. 232
▼El Vice-Presidente de la República tiene la honra de ofrecer al conocimiento de la ▼Comision Nacional, la ▼eleccion de ▼Senador i suplente que ha hecho la ▼Asamblea de la provincia de Colchagua, constante del acta que en copia acompaña; i se complace de que esta oportunidad le proporcione reiterarle sus sentimientos de consideracion i aprecio. —▼F. A. Pinto. —Por ausencia del Sub-Secretario encargado del Ministerio del Interior. —Juan Francisco de Zegers. —Santiago, Noviembre 12 de 1827. —A la Comision Nacional.
Núm. 233
▼Sesion del 31 de Octubre de 1827
Se abrió con los señores Argomedo, Castillo, Echeñique, Lira, Origüela, Ramirez, Rencoret, Silva, Sepúlveda, Urzúa i Velasco.
Leida el acta anterior se aprobó i fué firmada.
Se manifestó a la Sala por el Presidente, que segun el acta de 29 de Agosto podia procederse a ▼elecciones con solo la mitad de los representantes reunidos. Que en esta sesion habian presentes dos sobre el número indicado; i que en su virtud no debia ocuparse la Sala de otra cosa que de dar cumplimiento a la lei que encarga a las ▼Asambleas la eleccion de un ▼Senador por cada una de sus provincias. Instruyó detenidamente á la Sala de los perjuicios que podian resultar a Colchagua de la falta de un representante elejido por ella para la ▼Comision Nacional, i demostró en aquella sesion que la prudencia de la Sala debia hacer, tan necesario nombramiento. Discutióse esta indicacion, advirtió la Asamblea que no solo era preciso elejir al Senador propietario por la lei, sino que debia tambien ponerse a cubierto, i salvar todo motivo de falta de representacion por la provincia, a cuyo efecto debia nombrar dos, uno en primer lugar, otro en segundo, que funcione en todos los casos de muerte, renuncia, ausencia, enfermedad, o cualquier impedimento legal que ocurra en el primero. Resultó unánimemente por la Sala, cada señor ▼Diputado investigó la opinion de dos individuos que reuniesen mas concepto en la provincia; i despues de juiciosas i mui atentas consideraciones, observando las circunstancias i posicion política de los dos señores, a su juicio, mas acreditados en Colchagua, creyeron convenir a los intereses i a las personas de los mismos electos, nombrar para primero al ciudadano Diputado de esta Asamblea don ▼Ramon Formas, i en segundo al señor don ▼José Gregorio Argomedo. En la votacion la voluntad de la Sala se espresó unánimemente en favor de estos dos señores, i con la misma uniformidad les encarece la Asamblea, que atendiendo a las circunstancias de la provincia, admitan el cargo con que la Representacion les distingue. Acordó la Sala que se remitieran testimonios de esta acta con el correspondiente oficio a S. E. el Vice-Presidente de la República i a los nombrados; para que sirviendo a éstos de amplísimo i suficiente poder, representen en la Comision Nacional como sus Senadores, los derechos de la provincia de Colchagua, sin que haya cosa alguna en que no puedan sufragar por falta de poder, porque los que la Asamblea les confiere son estensivos a cuanto determinen tratar i en cuanto quieran convenir. Los electos reunen la opinion uniforme de la provincia i la Sala. Consecuente a esta confianza, la Asamblea les autoriza i aprueba todo lo que conforme a su prudencia i a su ver, deliberen. En cuyo estado se levantó la sesion. -▼Pedro Rencoret, Presidente, Diputado por Nancagua. —▼Juan José Echeñique, Vice-Presidente,Diputado por Pichidegua. —▼Antonio del Castillo i Zarabia, Diputado por Pumanque. —▼Francisco Javier Lira, Diputado por Reto. —▼Francisco de Borja Origüela, Diputado por San Antonio. -▼José Clemente Ramirez, Diputado por el Olivar. —▼Alejandro Sepúlveda, Diputado por Rio Claro. —▼José María Silva, Diputado por Santa Cruz. -▼Juan Francisco Urzúa, Diputado por Paredones. —▼Antonio Rafael de Velasco, Diputado por Guacargüe. —▼José Tomas Argomedo, Secretario, Diputado por Chimbarongo. —Es copia del libro de actas. —Sala de sesiones en Nancagua, Noviembre 2 de 1827. —Pedro Rencoret. —José Tomas Argomedo, Diputado-Secretario. —Es copia. —De Zegers.
Núm. 234
▼El Vice-Presidente de la República, deseoso de activar la ejecucion de la venta de bienes que fueron de regulares, tiene el honor de elevar a la consideracion de la ▼Comision Nacional el adjunto proyecto de decreto, como adicional a la lei de 20 de Setiembre de 1826. Por él se subrogarán los ▼gobernadores-▼intendentes de las provincias las atribuciones que dicha lei designa a