al fomento de este establecimiento: discutido suficientemente, se acordó que se autorizase al Poder Ejecutivo, en la parte necesaria para que se pusiese en ejecucion.
Se tomó en consideracion la nota del Poder Ejecutivo en que solicita se le autorice para contraer con la municipalidad de Santiago la obligacion de abonarle tan luego como lo permita el estado del Erario nacional la cantidad de tres mil novecientos treinta i nueve pesos cuatro reales, para gastos de un presidio nacional conforme al plan que acompaña i que somete a la aprobacion de la Sala: se resolvió por la afirmativa.
Se discutió últimamente el proyecto de decreto en que se cede por mitad a favor de los cabildos, de San Felipe i Santa Rosa para propios de ciudad, el producto del ramo de pontazgo, que fué aprobado en estos términos:
Art. 1.º El producto del ramo de pontazgo se cede por mitad a favor de los cabildos de San Felipe i Santa Rosa para propios de ciudad, desde 1.º de Enero del año próximo de 1828.
Art. 2.º Los productos se recaudarán por ajentes de ámbos cabildos sin que puedan alterar la cuota establecida hasta aquí, debiendo destinar de ellos con preferencia, la cantidad suficiente para la recomposicion anual de los caminos de Hornillos i Patos hasta la cúspide de la Cordillera i sus respectivos puentes.
El remanente se aplicará por mitad para propios de ámbos pueblos.
Art. 3.º El Intendente de la provincia dará anualmente las órdenes convenientes para la refaccion de caminos i puentes, precediendo el correspondiente presupuesto i designando en su virtud a cada cabildo la cantidad de hombres i dinero con que debe contribuir.
Art. 4.º Comuníquese a quienes corresponda i tómese razon.
Se levantó la sesion a las dos de la tarde. —Novoa. — J. Domingo de Amunátegui, Pro-Secretario.
ANEXOS
Núm. 287
▼Los repetidos reclamos dirijidos al Gobierno i los juzgados de esta capital por el ▼Gobernador de Valdivia, solicitando no se remitan a dicha plaza los malhechores condenados a los trabajos públicos, porque la mayor parte de ellos logran fugarse tarde o temprano sin cumplir el tiempo de sus condenas, i volviendo a cometer nuevos delitos con que han llegado a familiarizarse por la persuasion de poder, en caso de ser aprehendidos, eludir el justo castigo, han llamado la atencion del Gobierno sobre un mal de tanta trascendencia, i cuyas consecuencias son las mas fatales.
En su consecuencia el Vice-Presidente de la República, despues de haber tocado todos los resortes para encontrar el mejor medio de poner término a un abuso semejante, tiene el honor de acompañar a la ▼Comision Nacional el adjunto espediente, por donde se informará del plan que se ha creido deber adoptar para el indicado efecto; pero que no pudiendo realizarse a ménos de que el Gobierno se obligue a abonar su importe a la ▼municipalidad tan luego como el estado del Erario nacional se lo permita, espera que la Comision Nacional tendrá a bien autorizar al Poder Ejecutivo para que contraiga esta obligacion, pues es el único modo de que pueda la municipalidad encontrar fondos con que proceder a edificar el local cuyo plan se somete igualmente a la Comision Nacional para su aprobacion.
El Vice-Presidente con esta oportunidad tiene la honra de renovar a la Comision Nacional sus sentimientos de alta consideracion i aprecio. —Santiago, Noviembre 12 de 1827. —▼F. A. Pinto. —Por ausencia del Sub-Secretario encargado interinamente del Ministerio del Interior. —Juan Francisco de Zegerz. —A la Comision Nacional.
Núm. 288
▼La ▼Comision Nacional ha resuelto autorizar al Poder Ejecutivo, en la parte necesaria para que ponga en ejecucion el proyecto de decreto sobre el nombramiento de la persona que haya de plantear la ▼casa de moneda en la ciudad de la Serena en calidad de comisionado, haciendo las propuestas de los empleados subalternos que se necesiten i que adjudique los fondos necesarios para su fomento.
El Presidente de la Sala reitera con este motivo las protestas de sus respetuosos sentimientos. —Santiago, Diciembre 5 de 1827. —A S. E. el Vice Presidente de la República.
Núm. 289
▼La ▼Comision Nacional ha acordado autorizar al Poder Ejecutivo para que contraiga con la ▼municipalidad de Santiago la obligacion de abonarle, tan luego como lo permita el estado de la Hacienda pública, la cantidad de tres mil novecientos treinta i nueve pesos i cuatro reales para gastos de un presidio nacional conforme al plan que se acompaña con su apreciable comunicacion de 12 de Noviembre, que ha sido igualmente aprobado.
El Presidente de la Comision tiene la honra de ponerlo en noticia de S. E. el Presidente de la República i de reiterarle los sentimientos de su alto aprecio. —Santiago, Diciembre 10 de 1827. —A. S. E. el Presidente de la República.