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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XV (1827-1828).djvu/308

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CONGRESO CONSTITUYENTE

patibles con su actual situacion, sin esperar el voto de las Asambleas que no lo han remitido. —Santiago, Marzo 10 de 1828. —Francisco R. de Vicuña. —Francisco Fernández. —J. M. Novoa. —M. de Santiago Concha.


Núm. 444


Satisfacción Pública[1]

El señor Presidente del Congreso, en sesion de 7 del corriente, presentó a la Sala unas comunicaciones del Gobernador i cabildo de San Fernando. Como no debia ocuparse de ellas el Congreso, ántes de ser calificadas algunos representantes se opusieron a su lectura: insistió [2] i consiguió el señor Presidente instruir a la Representacion i al público de su contenido; que no era otro sino una acta, en que por aquel Gobernador i cabildo se acuerda el destierro o espulsion de San Fernando de un señor majistratrado de Colchagua i del que espone. Para vindicar mi conducta dirijí al señor Secretario [3] del Congreso el oficio siguiente: no lo creo en noticia de cuantos presenciaron la lectura ni de aquéllos a quienes lo manifestó el señor Presidente, por eso lo publico, sometiéndolo al juicio de mis conciudadanos:

Señor Secretario del Soberano Congreso. —Santiago, Marzo 10 de 1828. —El coronel don José Maria Palacios, con toda mi consideracion, tengo el honor de dirijirme a V. E. suplicándole encarecidamente eleve al conocimiento del soberano Congreso la esposicion de mis sentimientos, sobre las comunicaciones del Gobernador i cabildo de San Fernando, que por el conducto del señor Presidente de la Sala fueron manifestadas a la Representacion Nacional, en sesion de 7 del corriente.

Las medidas que el supremo Gobierno se dignó adoptar para restablecer el órden, i conciliar la felicidad de los vecinos de San Fernando, cuando debíamos prometernos que hubiesen evitado la anarquía de aquel pueblo, es cuando lamentamos la desgracia de aquellos ciudadanos, por la ingratitud con que corresponden a ellas el Gobernador i cabildo de ese infeliz departamento. Apénas entró en él don Feliciano Silva, repuesto al cargo de que lo separó la Asamblea, aun no habia hecho saber su habilitacion, cuando comprometió los respetos del Gobierno, finjiendo órdenes secretas de la Supremacía para sumariar i hacer reos a cuantos manifestasen actos anárquicos, sin distinguir cuáles debian considerarse tales, presentando a los jueces territoriales la oportunidad de vengarse, i sin considerar que las providencias judiciales son enteramente ajenas de la autoridad de un Gobernador de partido. De suficiente testimonio servirá a V. S. el acta, que solemnemente le acompaño; [4] para que accediendo a mi solicitud, se digne instruir al soberano Congreso del atentado que contiene, como tambien de mis siguientes reflecciones.

Ningun derecho mas sagrado en el ciudadano que el de sus garantías individuales i de propiedades; pero aun éste no debiera ocupar la atencion del soberano Congreso sino en el caso estraordinario de haberse presentado a la Sala por el señor Presidente una acta de espatriacion, o sea como la llamó un señor representante, un vómito de execracion o frenesí del cabildo i Gobernador de San Fernando. Yo debo confesar, que solo por llenar los deseos del señor Presidente de la Sala, quien se interesó en instruirla de las comunicaciones referidas, puedo determinarme a dirijir mis quejas por conducto de V. S. a la Representacion Nacional; cuyo señor debe estar persuadido de las injusticias que se cometen en política, juzgando sin oir. ¡Si tendré yo la desgracia de que este señor al empeñarse en persuadir a la Sala, hubiese recordado encargos al que espone, que habrá considerado como desagradables!!!

Con tan sana intencion, i mediante el órgano benigno de V. S., observo a la Representacion Nacional. Que el Gobernador i cabildo de San Fernando en el acuerdo de la acta presentada a la Soberanía han violado las garantías del ciudadano. Se han hecho jueces i partes: ellos son las personas que temen el justo premio que han

  1. Papeles sueltos. —Altos 1824-1828, páj. 132. —B. Nacional. —Tomo 3.º. —(Nota del Recopilador.)
  2. El señor Presidente, habiendo querido ayer oponerse a la lectura de este oficio, fué replicado por unos señores Diputados interesados en la justicia. Contestó el señor Presidente que al entrar el 7 a la casa de Congreso se le habian entregado cerradas las comunicaciones del Gobernador i cabildo de San Fernando: que ignoraba su contenido, i que si hubiera sabido qué decian, habria negado su lectura. Esto solo manifiesta una curiosidad, i nó como han dicho muchos doble intencion del señor Presidente. Al ménos asi lo creemos sus amigo, mucho mas cuando el señor Presidente espuso ayer que habia causado complacencia la instruccion de aquellas comunicaciones, i creo tambien que la de mi esposicion.
  3. El señor Presidente estrañó que mi oficio se hubiese dirijido al señor Secretario. Confieso al señor Presidente, que a pesar del ejemplo de las comunicaciones del Gobernador i cabildo de San Fernando, no tuve intrepidez para representarlo directamente al Congreso, i lo hice por el órgano de su Secretario, manifestando así mis respetos, mi sumision i falta de osadía. ¡No pocas veces se ha confundido la humildad con la ignorancia!!!
  4. Esta es una circular presentada orijinal al soberano Congreso, en que el Gobernador don Feliciano Silva dice: en cumplimiento de mi ministerio, i de órdenes privadas que he traido del señor Vice-Presidente de la República, me hallo en la necesidad de amonestar a estos habitantes presten a las autoridades constituidas en el departamento i fuera de él, los debidos homenajes a sus órdenes; quedando los alcaldes territoriales en la indispensable obligacion de sumariar i remitir reos a esta prefectura a cualquier individuo que olvidado de sus deberes manifieste actos anárquicos i subversivos bajo responsabilidad de sufrir la pena que aquél merece.