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SESION DE 12 DE MARZO DE 1828


ACTA

Se abrió con los señores: Albano, Argüelles, Barros, Bibao, Calderon, Campino, Collao, Concha, Elizondo, Fernández, González don Juan Antonio, Infante, Larrain, Magallánes, Molina, Muñoz, Navarro, Novoa, Orjera, Orihuela, Prado, Palacios, Pradel, Prieto, Recabárren, Réyes, Tagle, Vicuña, Ureta i Urízar.

Aprobada la acta, a cuya lectura faltaron los señores González i Aráos, con licencia i Elizalde, se dió cuenta de una nota del cabildo de Colchagua, acompañando otra que habia dirijido al Intendente de la provincia i ia contestacion de aquél, todas relativas a la espulsion del señor Lira i Palacios; despues de un lijero debate sobre si debían o nó leerse, se acordó que se tomaria en consideracion este asunto en segunda hora.

Se presentaron en seguida los poderes del señor Guerrero, Diputado de San Cárlos de Chiloé i fueron aprobados.

Se leyó, por último, el proyecto de la comision de Constitucion sobre forma de Gobierno, i despues de haberse discutido suficientemente se sancionó por unanimidad, excepto los sufrajios de los señores Infante, Magallánes, Molina, Campino i Bilbao, quienes dijeron que se le agregase la espresion federal. El proyecto, por consiguiente, quedó acordado en los términos siguientes: Redáctese un proyecto de Constitucion sobre la base popular, representativa republicana, dando a los pueblos aquellas libertades que demande su felicidad, sin esperar el voto de las Asambleas, que no lo han remitido.

En segunda hora se leyó el dictámen de la comision calificadora sobre los asuntos de Colchagua, el que decia que, no correspondiendo al Congreso su conocimiento, ocurriesen las partes a las autoridades que demanda la lei. Hubo un largo debate sobre si se diferia o nó el dictámen de la comision, i por ser la hora avanzada no se alcanzó a resolver.

Se levantó la sesion, quedando en tabla la continuacion del mismo asunto i lo demas que ocurriese. —Doctor Diego Antonio Elizondo. —Bruno Larrain.

PRESIDENCIA DEL SEÑOR Elizondo[1]
Tercera i última discusion sobre la forma de Gobierno
(Sesion del 12 de Marzo)

Aprobada la acta, se dió cuenta de una nota del cabildo de Colchagua, acompañando otra que habia dirijido al Intendente de la provincia i la contestacion de aquél, todas relativas a la espulsion de los señores Lira i Palacios. Despues de un lijero debate sobre si se debian o no leer, se acordó que se tomarian en consideracion en segunda hora.

Fueron presentados los poderes del señor Guerrero, Diputado de San Cárlos de Chiloé, i se aprobaron.

En seguida se leyó el proyecto de la comision de Constitucion sobre forma de Gobierno, i el Presidente llamó a tercera i última discusion en la materia. Tomó la palabra i espuso:

El señor Magallánes'. —Voi a satisfacer brevemente el compromiso que contraje ayer al pedir la palabra.

La cuestion del dia se presenta, a mi juicio, bajo dos aspectos: ella es dirijida a fijar la forma de Gobierno consecuente a la cual debe estatuirse la gran carta constitucional. Pero para ello es de indispensable necesidad o que las provincias que aun no han sufragado procedan a emitir su voto, i en tal caso la demora que puede haber en dar esa lei fundamental, quedará reparada con la probabilidad de ser aceptada por los pueblos, o que el Congreso la dé sin este antecedente, i en este último la brevedad con que concurra a llenar su mision no podrá subsanar el terrible perjuicio a que se espone en dar la contraria, talvez, a la voluntad nacional. La prudencia aconseja lo primero, ántes de proceder a una obra estremademente delicada sin otros datos que un informe estendido sobre presunciones i presunciones talvez i sin talvez equívocas, porque a la verdad ¿quién no estimará como un sufrajio en favor del sistema federal el de la provincia de Coquimbo? Una provincia la mas dispuesta por su situacion, costumbres i riquezas a esta preciosa forma de Gobierno; una provincia que ayer no mas se ha pronunciado ante el universo, adicta a este sistema, como se ve en el manifiesto que dió a luz su honorable Asamblea; una provincia en fin cuyo sufrajio ha sido en favor del sistema federal segun se ha dicho, ¿será posible hacerla el agravio de creerla partidaria del representativo popular, que si se diferencia del monárquico constitucional, es tan solo en el nombre? Pero aun sin ésto, que las presunciones no sean equívocas a este respecto ¿se podrá dudar que lo son respecto a la opinion de las otras provincias que están por sufragar? ¿No es público que la provincia de Aconcagua se ha pronunciado por el sistema federal? por ese sistema a quien en el dia los mas sabios le apropian el nombre de divino!

Un Congreso anterior al nuestro quiso primero que los pueblos se diesen la forma de Gobierno sobre la cual querian se estendiese el proyecto de Constitucion. Esta lei que los pueblos han sancionado con su consentimiento es la que debemos observar, si queremos lograr un acierto. Ha dicho un señor Diputado: "que el sistema federal presenta a los pueblos el jérmen de las disen

  1. Este documento ha sido tomado del periódico titulado Sesiones del Congreso Constituyente, fecha el 24 de Mayo de 1828 i que se encuentra en el tomo I de Papeles sueltos, 1824 a 1831 de la Biblioteca Nacional. —(Nota del Recopilador.)