lacios, Pradel, Prieto, Prado, Réyes, Recabárren, Vicuña, Urízar i Ureta.
Faltaron con licencia los señores Campino, Larrain i Collao; i sin ella el señor Albano i Elizalde: el señor Calderon llegó despues de la lectura del acta.
Aprobada la acta de la sesion anterior, se dió cuenta de des notas del Gobierno en que acusa recibo, por la primera de lo acordado en el asunto de Doñigüe i por la segunda de la resolucion sobre la conduccion de las cenizas de los jenerales Carrera i se mandaron archivar.
Se procedió despues a la discusion conforme a la órden del dia del artículo 2º del proyecto de reglamento de debates.
Se hizo por el señor Presidente indicacion para que se antepusiese el título de discusiones i se considerase, de consiguiente, con preferencia i habiéndose discutido lo bastante, se fijó la proposicion siguiente: "Se considera la indicacion o nó?" i resultó la afirmativa.
Los señores Infante i Magallánes salvaron su voto. Tambien el señor Molina, pidiendo ademas que se espresase que su voto era porque se considerase la órden del dia conforme al reglamento.
Se discutió en seguida si se anteponia o nó.
Se votó si estaba o no bastante discutida la proposicion, i resultó la afirmativa por 27 sufrajios contra 1 que fué el del señor Infante, el cual pidió se espresase en la acta que habia sido contra la declaracion de hallarse bastante discutida la proposicion i que sobre ella habia pedido segunda discusion. Se fijó, en consecuencia, la siguiente proposicion: ¿"se prefiere la discusion del título de Discusiones o nó?" votada resultó la afirmativa.
Salvaron su voto los señores Infante, Magallánes i Molina.
En segunda hora se dió cuenta de una nota de la Asamblea de Aconcagua, pidiendo se ordene al Poder Ejecutivo el pago de los gastos hechos por dicha corporacion, se mandó unir a sus antecedentes i que hecho, se diese cuenta. Despues, de otra en que se acusa recibo de la eleccion de Presidente i Vice de la Sala, se mandó archivar.
A consecuencia, se puso en discusion el artículo 1.º del reglamento i por ser la hora avanzada no alcanzó a resolverse.
Se levantó la sesion, señalándose para la siguiente el mismo asunto. —J. M. Novoa
ANEXOS
Núm. 484
▼Se han dado las órdenes necesarias para que tenga su exacto cumplimiento el acuerdo de la ▼Representacion Nacional, que ordena que se renueve la eleccion de ▼Diputados en la parroquia de Doñigüe, i que ha comunicado V. E. al Gobierno en su respetable nota de esta fecha.
Dios guarde a V. E. —Santiago, Marzo 28 de 1828. —▼F. A. Pinto. —▼Cárlos Rodríguez. —Al Presidente del ▼Congreso Nacional.
Núm. 485
▼ El Vice-Presidente de la República tiene la satisfaccion de acusar recibo de la nota de 26 del que fina, en que el Excmo. señor Presidente del ▼Congreso Nacional le trascribe el decreto que ha dictado sobre la traslacion de Mendoza a Chile de las cenizas de los ilustres patriotas don José Miguel, don Juan José i don Luis de Carrera; avisándole al mismo tiempo que con esta fecha se ha participado al Gobierno de Mendoza para su intelijencia i fines del caso.
El Ejecutivo queda igualmente encargado de acordar con la debida oportunidad la pompa fúnebre con que deben honrarse aquellas inestimables reliquias, secundando así las loables miras i aspiraciones del Congreso.
Entre tanto el Excmo. señor Presidente se servirá aceptar los sentimientos mas cordiales de consideracion que le reitera el Vice Presidente de la República.
Santiago, Marzo 29 de 1828. —▼F. A. Pinto. —▼Cárlos Rodríguez. —Al Excmo. señor Presidente del Congreso Nacional.
Núm. 486
▼El Gobierno ha sido instruido por la respetable comunicacion de V. E. fecha de ayer de que habiendo procedido el ▼Congreso Nacional a renovar los cargos de Presidente i Vice-Presidente de Sala, recayó la eleccion en los ▼Diputados don ▼José María Novoa i don ▼Melchor de Santiago Concha.
Dios guarde a V. E. —Santiago, 27 de Marzo de 1828. —▼F. A. Pinto. —▼Cárlos Rodríguez. —Al Presidente del Congreso Nacional.
Núm. 487
▼La honorable ▼Asamblea en sesion de este dia ha acordado se ponga en el conocimiento da Vuestra Soberanía haber dado cuenta al Supremo Gobierno jeneral, de los gastos causados por ella desde su instalacion hasta Febrero del presente año inclusive, con el fin de que se mande realizar el pago de ellos de los intereses fiscales por la falta de provinciales. Mas, no habiendo esta corporacion merecido resolucion alguna sobre un tan justo reclamo, acaso porque dichos gastos proceden de nuevos establecimientos i no estar en las facultades del Gobierno Supremo