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CONGRESO CONSTITUYENTE

clamores i se habia perdido la esperanza de alcanzar el remedio por los recursos i vías legales; cuando ya no era posible tolerar por mas tiempo los ataques del jefe de la provincia contra las autoridades municipal i provincial, i cuando habia llegado a tanto el desprecio que sin conocimiento ni noticia de éstas abandonó el pueblo sin anunciar su destino ni depositar el mando en persona alguna, dejando acéfala la provincia, entónces no pudieron ménos los oprimidos que aprovechar la oportunidad i poner en planta el proyecto de sacudir el yugo i ponerse en posesion de su libertad. Al efecto se convocan i reunen, i en la mañana del 7 del corriente se apoderan de las armas i tropa de caballería e infantería, poniéndose inmediatamente a las órdenes i disposicion de la Municipalidad, que a la sazon era la única majistratura en quien recaia la autoridad del pueblo (por la separacion i abandono del Intendente) para que ésta lo elevase al conocimiento de la honorable Asamblea, pidiéndole hiciese el nombramiento de los jefes i demas funcionarios provisoriamente, hasta que pudiese practicarse con arreglo a la Constitucion.

El cabildo, con justicia, oyó sus reclamos, apoyó sus razones, fundó otras i lo elevó todo al conocimiento de la Asamblea provincial. Esta corporacion no pudo reunirse por enfermedad de unos i por ausencia de otros, i en tan críticas circunstancias i en ocurrencias tan estraordinarias, principalmente cuando el partido de oposicion tomaba rápidas providencias, se persuadió el cabildo, con bastantes fundamentos, estar suficientemente autorizado para deliberar, por hallarse reasumidas en él las atribuciones i soberanía del pueblo. En esta virtud, convino en que se nombrase provisoriamente Intendente de la provincia i comandante de armas, porque el primero habia abandonado el puesto muchos dias ha, i el segundo no se habia dado a reconocer.

Los nuevamente nombrados entraron a funcionar, i al mismo tiempo el partido de oposicion capitaneado por simples ciudadanos sin título ni representacion pública, reunió fuerza, i al dia siguiente dió principio a las hostilidades, comenzando por la invasion i atropellamiento de varios ciudadanos, a quienes, despues de echar fuera los reos de la cárcel, pusieron en prisiones incluso al rejidor don José Maria Luco. En seguida sobornó la tropa, hasta conseguir que se sublevase e hiciese la guerra a los mismos oficiales i jefes, cuya catástrofe fué la mas horrible i espantosa. Disuelta de este modo en mucha parte la fuerza de los protectores de la libertad, consiguieron el triunfo los patrocinantes del despotismo, i al dia siguiente dieron la última prueba de sus abusos i arbitrariedades, obligando al alcalde de primera elección a que publicase un bando convocando al vecindario para proceder a la eleccion de un nuevo cabildo dentro de dos horas. En efecto, sorprendieron la sencillez de este majistrado, i a la hora citada comparecieron los facciosos, i en medio de las lanzas i bayonetas hicieron el asesinato de la Municipalidad lejítima, i proclamaron la mas ilegal i tumultuaria, no obstante que a precaucion de esto se habia oficiado por esta Municipalidad, reconviniendo al espresado alcalde por el atentado que iba a cometer, segun lo indica la nota que en copia se acompaña. Los partidarios del despotismo, todo lo despreciaron, todo lo atropellaron, i protejidos por el Intendente, que apareció despues de serenado el horizonte, tratan de hacer valer este acto tan ilegal, tan nulo i tan escandaloso.

A este fin se presentó el Intendente a la sala capitular acompañado de la fuerza, a poner en posesion del archivo al nuevo alcalde, estando allí la Municipalidad antigua. Ésta se opuso al reconocimiento del nuevo funcionario, haciendo ver el desacato i las nulidades de la nueva eleccion, protestando no desamparar la sala, sino por la lei o por la fuerza. El Intendente se retiró de allí, i luego oficia al alcalde de primera eleccion nos haga salir de la sala suponiéndonos criminales, para intimidarnos, i hacernos ceder de este modo a sus aspiraciones atentatorias. En este estado de cosas se han celebrado tratados de amnistía entre los que tenian las armas, por lo que todo queda sepultado en el olvido; mas la ambicion con que se aspira a la permanencia del nuevo cabildo, aun disputa con la lei i la justicia. Los nuevamente electos no ceden el derecho a los antiguos, bajo el pretesto de frivolos argumentos, i éstos, fundados en la lei, retienen la posesion que ocupan por justo título.

En esta intelijencia, para esclarecer el derecho que la ambicion i el capricho quieren poner en problema esta Municipalidad, no por hallarse en duda, sino para convencer a los que quieren eludir la lei, consulta a la Soberanía Nacional, si debe prevalecer el cabildo antiguo legalmente constituido, sancionado i aprobado, o el intruso i tumultuario proclamado por una faccion en medio de las armas, sin una lei que lo autorice, sin convocar a todos los habitantes de la jurisdiccion i sin arreglo a las leyes establecidas para semejantes actos populares. Este cabildo, sin embargo de estar intimamente persuadido de su valor i fuerza legal, quiere sujetarse gustoso a la soberana decision del Congreso Nacional, ofreciéndole las mas altas consideraciones de sumision i respeto. —El cabildo de San Felipe, Abril 16 de 1828. —Juan Pablo Martinez. —Pedro José Oyaneder. —José María Luco. —Gabriel Traslaviña. —José Ignacio Ramirez. —Vicente Cataldo. —Al Soberano Congreso Constituyente.


Núm. 510

Es en noticia de este cabildo el bando que V. S. ha hecho publicar en la tarde de este dia por el que convoca al pueblo para elejir nuevos miembros de esta corporacion. Asombra verda