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SESION DE 1.º DE MAYO DE 1828



Núm. 559

El Congreso Nacional ha acordado prorrogar sus sesiones en esta capital algunos dias mas, i que se abran en Valparaiso el 25 del corriente.

El Presidente de la Sala al comunicarlo a S. E. el Vice-Presidente de la República, se complace en saludarle con las espresiones de su mayor aprecio. —Santiago, Mayo 2 de 1828. —Al Vice-Presidente de la República.



Núm. 560

Habiéndose separado del servicio de la secretaría al oficial don Pedro Diaz Pérez, se mandó llamar para que le subrogase al suplente respectivo, don Ramon Lira, que ha principiado sus servicios desde el dia de esta fecha en que concluyó el primero.

El Presidente de la Sala tiene la honra de noticiarlo a S. E. el Vice-Presidente de la República para que se mande tomar razon en las oficinas correspondientes, i de ofrecerle los sentimientos de su mayor aprecio. —Santiago, Mayo 2 de 1828. —Al Excmo. Señor Vice-Presidente de la República.


Núm. 561

El Congreso Nacional, considerando que el Diputado propietario de Talca don Francisco Gana, no podrá realizar tan pronto su viaje, i deseando integrar la Representacion Nacional, ha acordado se le llame a US. para que se sirva incorporarse a la Sala a la mayor brevedad.

El Secretario que suscribe se complace de comunicar a US. esta resolucion i de ofrecerle los sentimientos de su mayor aprecio. —Por secretaría. —Santiago, Mayo 2 de 1828. —Al señor don Manuel Barros.


Núm. 562

El Congreso Nacional ha acordado se llame al Diputado electo por Aconcagua, i al efecto se servirá V. E. dar las órdenes que corresponden, admitiendo los sentimientos de mi mayor aprecio i respeto. -Santiago, Mayo 2 de 1828. —Al Excmo. Señor Vice-Presidente de la República.



Núm. 563

El Congreso Nacional ha sancionado i decretado lo siguiente:

Artículo primero. Se contribuirá a cada uno de los Diputados desde el dia 25 del corriente, por vía de gratificacion, con dos pesos diarios; a cada uno de los oficiales de la secretaría, redactor, taquígrafo i edecanes con treinta pesos mensuales; con diez el portero, i cuatro a cada uno de los sirvientes.

Art. 2.º Esta gratificacion i asignacion respectiva, serán cubiertas por la aduana de Valparaiso u otra cualquiera oficina pagadora, en sonante, precisamente el primero de cada mes.

Art. 3.º La importancia del presupuesto mensual se pasará a secretaría, para que allí se verifiquen los pagos.

Art. 4.º Los Diputados que a mas de sus sueldos i dietas tengan actualmente algunas otras asignaciones particulares, gozarán de ellas durante su residencia en Valparaiso, lo mismo que si estuvieren presentes.

Art. 5. Se contribuirá igualmente en sonante lo devengado hasta el 30 de Mayo, segun el presupuesto que haya pasado o pasase la secretaría.

Art. 6.º Las causas en que los Diputados sean partes o defensores se suspenden por todo el tiempo que el Congreso permanezca en Valparaiso, debiendo los letrados pasar a la secretaría, dentro de tercero dia, una nota de las causas que actualmente defiendan, salvo que las partes que dependan de algunos de ellos, pidan su continuacion.

El Presidente de la Sala tiene el honor de comunicarlo a S. E. el Vice Presidente de la República para su ejecucion i cumplimiento, saludándole con las consideraciones de su alto aprecio i respeto. —Santiago, Mayo 5 de 1828. —Al Excmo. Señor Vice-Presidente de la República.