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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXIII (1834-1836).djvu/513

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SESION DE 5 DE OCTUBRE DE 1835

claras i precisas que sirvan de regla a las oficinas encargadas de hacer el rejistro.

No tiene otro objeto la lei del reconocimiento que actualmente se debate en las Cámaras, i como es de esperar que su aprobacion remueva los obstáculos que hasta ahora ha habido para consolidar el crédito flotante, me atrevo desde luego a predecir que este solo paso dará sólidas garantías a la paz doméstica, aumento a los capitales productivos i consistencia al plan de rentas; pondrá a la República en disposicion de pagar regularmente con sus entradas naturales los intereses íntegros de la deuda nacional, i disipará el temor que amedrenta a los que creen inevitable la imposicion de nuevas cargas.

En el cuadro que acabo de bosquejar, sin otros matices que los que prestan la verdad i la demostración, se halla de manifiesto el estado de nuestra situación económica, i aprobado el incremento que han recibido las rentas nacionales, i como el progreso de éstas se deriva solo del acercamiento de la prosperidad pública, la cual dia en dia continúa elevándose, no hai razón alguna que obligue a recelar su futura decadencia.

Por ventura, nuestro bienestar no es el efecto fugaz del caso, ni una ofrenda engañosa de la fortuna, procede sí de la riqueza, i de la industria i de la libertad i se apoya en la paz, en el órden i en la proteccion de que dichosamente gozamos.

Miéntras el pueblo tenga cordura i patriotismo, el Gobierno obre con imparcialidad i justicia, i las leyes defiendan al ciudadano i fomenten el trabajo, ningún temor debe conturbar nuestro ánimo; pues, fuera mengua i apocamiento ceñir los límites de la esperanza, cuando todo contribuye a ensancharlos.

Mas, no por eso, desvanecidos con la perspectiva de un porvenir alhagúeño, dejemos imperfecta la obra de nuestra jeneracion social; no por eso desperdicie una indolente desidia los beneficios que debemos a la Providencia, i haga estériles los dones que ofrece la naturaleza; antes bien, sirviendo de incentivo los sacrificios anteriores para consagrar otros nuevos en pro de la felicidad común, el Congreso, por interes de su gloria, está obligado a dictar las últimas leyes del plan de reforma. Entónces presentará el dechado de las instituciones que convienen a un pueblo libre. Entónces, abiertos los manantiales de la riqueza pública, la Nacion le será deudora de su opulencia i su dicha. Entónces, en fin, la edad venidera, exenta del ofuscamiento que producen las pasiones, i convirtiéndose a contemplar el oríjen que un código liberal debe legarle, recordará con el entusiasmo de la gratitud los trabajos de la actual Lejislatura. —Santiago, Octubre 5 de 1835. —Manuel Renjifo.


Núm. 713

Núm. 2


Presupuesto de gastos del departamento de hacienda formado para el año de 1836, con sujecion a las leyes vijentes.

Ministerio de Hacienda


Sueldo del Ministro $ 4,500
Sueldo de los oficiales i ordenanzas 6,644
Gastos de escritorio 200
11,344


Comision Jeneral de Cuentas


Sueldo del presidente de la comision $ 2,500
Sueldo de los demás empleados, con inclusión de los agregados i del escribano i portero 15,910
Gastos de escritorio
200
 18,610


Tesorería Jeneral


Sueldo del contador i tesorero $  4,800
Sueldo de los oficiales, incluso uno jubilado, el escribano, receptor, ordenanza i portero 8,197
Gastos de escritorio 200


13,197
Se calcula el premio de los tenientes de Ministros que hai en el Estado, en.
$   2,500


15,697