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CÁMARA DE SENADORES

Por tanto,

A US. suplico fe digne mandar que, por un ministro de fé, se tome la informacion ofrecida, i que fecho se me devuelva para los fines correspondientes. Es justicia, etc. —Dionisio Villanueva.


Santiago, Octubre 17 de 1835.

Recíbase con citacion del procurador de ciudad i fecho devuélvase al suplicante. —Ugalde. -Ante mí, Arao.


En el mismo diez i siete de Octubre hice saber el anterior decreto a don Dionisio Villanueva; doi fé. —Aliaga.


En el mismo, al procurador de ciudad; doi íé. —Aliaga.


En diez i siete de Octubre, la parte, para la informacion ofrecida, presentó por testigo a don José Ignacio Infante, quien, juramentado en forma, ofreció decir verdad en lo que supiere i le fuere preguntado, i siéndolo al tenor del escrito presentado, dijo: conoce a don Dionisio Villanueva por ocho años domiciliado en esta capital bajo la mejor conducta; que también le consta es casado con una hija del pais, i jirando con un corto principal. I que es la verdad bajo el juramento hecho, en que se afirmó i ratificó leida que le fué; no le tocan las jenerales de la lei; que es mayor de edad i firmó; doi fé. —José Ignacio Injante. —Ante mí, Aliaga.


En el mismo, la parte, para la informacion ofrecida, presentó por testigo a don Lúcas Zamorano, quien, juramentado en forma, ofreció decir verdad en lo que supiere i le fuere preguntado, i siéndolo al tenor del escrito presentado, dijo: conoce a don Dionisio Villanueva por catorce años domiciliado en esta capital bajo la mejor conducta; que también le consta es casado con una hija del pais, i jirando con un corto principal. I que es la verdad bajo el juramento hecho, en que se afirmó i ratificó leida que le fué; no le tocan las jenerales de la lei; que es mayor de edad i firmó; doi fé. —Lúcas Zamorano. —Ante mí, Aliaga.


Núm. 1034

Ilustre Municipalidad:

Don Dionisio Villanueva, natural de España, ante US., con el mayor respeto, hace presente que desea pertenecer a la Nacion chilena, i en conformidad del artículo 6.º, parte 3.ª de la Constitucion jurada i promulgada en 25 de Mayo de 1833, declaro ante US. mi intencion de avecindarme cn esta República de Chile; para lo cual tengo las cualidades que previene la dicha Constitucion, como lo acreditan los documentos de informacion que en debida forma acompaño.

En esta virtud,

A US. I. suplico se digne mandar refrendar dichos documentos, para con ellos ocurrir a la autoridad competente por la carta de naturalizacion; que es gracia que espero, etc. —Dionisio Villanueva.


Santiago, Octubre 19 de 1835.

Habiendo acreditado el interesado su intencion i ánimo, ante la Ilustre Municipalidad, de avecindarse en Chile, ésta, en conformidad de la parte 3.ª, artículo 6.º de la Constitucion i del artículo 2.º, libro 4.º, boletín número 5.º, refrenda los justificativos que se acompañan, i con ellos puede ocurrir a la autoridad competente por la carta de naturalizacion que solicita. —Prieto. —Carrasco, rejidor-secretario.


Núm. 1035

Señor Juez Letrado:

Don Pablo García, natural de España, ante US. respetuosamente, hago presente que deseo pertenecer a la Nacion chilena; para lo cual tengo las cualidades que previene la Constitucion jurada i promulgada en 25 de Mayo de 1833, por tener mas de diez i siete años de residencia en esta capital, i tener un regular capital en jiro, i casado con una hija del pais chileno i con sucesion lejítima; todo lo cual puedo acreditar con testigos ciudadanos.

Por tanto.

A US. suplico se digne mandar que, por un ministro de fé, se reciba la informacion ofrecida, i que fecho se me devuelva para los fines correspondientes; por ser de justicia, etc. —Pablo García.


Santiago, Octubre 15 de 1835.

Recíbase con citacion del procurador de ciudad; se comete i fecho entréguesele al suplicante. —Ugalde. —Ante mí, Gajardo.


En el mismo dia hice saber el anterior decreto a don Pablo García; doi fé. —Aliaga.


En el mismo dia, al procurador jeneral de ciudad; doi fé. —Aliaga.


En quince de Octubre de mil ochocientos treinta i cinco años, la parte de don Pablo García, para la informacion ofrecida, presentó por