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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXII (1833-1834).djvu/174

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168 CÁMARA DE DIPUTADOS
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 29, EN 22 DE NOVIEMBRE DE 1833
PRESIDENCIA DE DON JUAN DE DIOS VIAL DEL RIO


SUMARIO. —Asistencia, —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Cuenta. —Facultades jurisdiccionales de los Cónsules franceses. —Secretarla del Consejo de Estado. —Derechos de internacion. —Provincia de Valparaíso. —Impuesto sobre el consumo de ganado. —Propiedad artística. —Abono de servicios a los militares dados de baja. —Acta. —Anexos.


CUENTA

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que el Presidente de la República acompaña varias comunicaciones cambiadas entre el Ministro de Relaciones Esteriores de Chile i el Encargado de Negocios de Francia, sobre las facultades jurisdiccionales de los Cónsules franceses en Chile. (Anexos núms. 173 a 183. V. sesion del 16 de Diciembre de 1833.)
  2. De otro oficio en que el mismo Majistrado pide que se le autorice para dotar la secretaría del Consejo de Estado con un secretario i un oficial ausiliar que respectivamente gocen de las rentas de 1,200 i 300 pesos por año. (Anexo núm. 184.)
  3. De un informe de la Comision de Hacienda sobre el proyecto de lei que fija los derechos de importacion. (Anexo núm. 183. V. sesion del 13.)
  4. De un informe de la Comision de Lejislacion sobre el proyecto de lei que declara de abono a los militares dados de baja los servicios prestados en la administracion civil; la Comision propone la aprobacion. (Anexo núm. 186. V. sesion del 13.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Que la Comision de Gobierno dictamine sobre la organización de la secretaría del Consejo de Estado. (V. sesion del 11 de Diciembre de 1833.)
  2. Aprobar en jeneral el proyecto de lei que fija los derechos de internacion (V. sesion del 27.); el que crea la provincia de Valparaiso (V. sesiones del 13 de Noviembre i del 13 de Diciembre de 1833.); el que grava con un impuesto el consumo de ganado (V. sesiones del 13 de Noviembre i del 6 de Diciembre de 1833.), i el que garantiza ciertos privilejios a los autores de propiedades artísticas o literarias. (V. sesiones del 9 de Agosto i del 13 de Diciembre de 1833.)