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SESION DE 10 DE OCTUBRE DE 1834 453

ingreso al Ministerio. La historia misma de nuestros desaciertos ofrece datos preciosos i lecciones útiles de que debemos sacar provecho. Tomándola por guía al hacer un exámen analítico de las causas que han influido en el desorden de nuestro sistema de rentas, creyó el Gobierno seguir el único camino que podía darle resultados positivos para la reforma de inveterados abusos, i para el establecimiento de un plan económicon regular. Yo usaré del mismo método en esta esposicion presentando ordenadamente las causas del mal i los efectos que ellas produjeron, antes de dar cuenta de las providencias adoptadas para consultar su remedio.

Segun este sencillo plan debe enumerarse, entre las primeras causas de la decadencia de la renta pública, la destruccion de las fortunas particulares. Es un axioma económico que toda Nacion nueva carece de los capitales que su industria demanda, porque éstos solo se forman por la acumulacion del trabajo i ahorros de muchas jeneraciones. Aplicando este principio a nuestras circunstancias, Chile no podía poseer ántes de la revolucion una riqueza territorial capaz de soportar las cargas que le impuso despues la necesidad de conquistar su Independencia; i diez años de una lucha no interrumpida aniquilaron el principal manantial de la produccion con la ruina completa de los capitales. Las mismas medidas que en política eran útiles e indispensables, económicamente hablando, contribuyeron a reagravar el mal. Por esto, cuando se promovió la salida de los enemigos de la República para afianzar el órden interior, perdimos no solo la industria de muchos hombres laboriosos, sino los caudales que habían adquirido i se llevaron en los momentos que mas necesitá hamos del servicio productivo que ellos prestan. Arrebatados a la agricultura por la guerra los brazos que debían emplearse en el cultivo de nuestros feraces campos i en la esplotacion de las minas; destruidas las heredades i aniquiladas las masas de ganados que formaban en 1810 el fondo de nuestra riqueza, cayó el pais en una languidez espantosa i precursora de mayores desgracias.

Como la creacion de capitales, aun en pueblos rejidos por las mas sábias leyes, es siempre lenta, i sigue las reglas inmutables que ha establecido la naturaleza misma de las cosas, el Gobierno no debía vincular sus esperanzas en el tardío resultado de nuestra naciente industria; i se propuso promover el bienestar de la Nacion atrayendo a Chile con medidas indirectas el comercio activo de otros paises. Se propuso tambien, conforme a este principio, la adopcion de cuantas providencias contribuían a garantir a los estranjeros la posesion pacífica de sus bienes en cualesquiera circunstancias, i a borrar la idea desfavorable que habían dejado los recuerdos de nuestra procelosa revolucion.

Este objeto tuvieron dos proyectos de lei, cuya iniciativa tomó el Ejecutivo, aunque no con igual éxito. El primero, sancionado últimamente por la Lejislatura, concede a los estranjeros la facultad de disponer por testamento u otra forma de los bienes que poseyesen en el territorio de la República, i a sus herederos lejítimos, para el caso de muerte abintestato, el derecho de percibir la herencia con arreglo a las leyes de sus respectivos paises. El segundo proyecto acordaba a los españoles libertad para traficar i domiciliarse en Chile, no obstante el estado de guerra nominal en que nos hallamos con su Gobierno. Parecía haber llegado el momento en que la ausencia de todo peligro i la confianza que inspiraba el sentimiento intimo de nuestra propia fuerza, nos permitían mostrarnos magnánimos, cuales somos, i atraer a nuestro suelo los capitalistas que diversos Gobiernos republicanos habían espulsado de la tierra de Colon, cuando aun estaba indeciso el éxito de la contienda. Pero, apesar de esta razon evidente de conveniencia nacional, un espíritu de mal entendido patriotismo se declaró, por odio al nombre español, contra la medida que debía proporcionarnos mas elementos de prosperidad, i el Gobierno juzgó prudente retirar su proyecto para calmar la exaltación de los ánimos divididos con este motivo.

Me es satisfactorio, sin embargo, anunciar a los representantes del pueblo que, restituida su enerjía a las leyes mediante el eficaz ausilio que se les prestó; garantida la propiedad en jeneral por liberales instituciones, i afianzada la seguridad interna por el establecimiento de una policía vijilante, se ha cubierto el país de estranjeros industriosos, cuyo número aumenta cada dia, atraidos por el carácter hospitalario de los habitantes, i por la tuicion benéfica que les dispensa la Carta fundamental de nuestros derechos.

La segunda causa a que debe atribuirse el atraso de la Hacienda fué la insubsistencia del órden interior, turbado durante veinte años por frecuentes sacudimientos. Siempre se miraron las revoluciones como una calamidad para los pueblos que las esperimentan; pero quizá no se ha reflexionado bastante sobre el pernicioso influjo que ejercen en el réjimen económico de una Nacion apénas constituida. Ellas son constantemente unas veces efecto i otras causas del déficit del Erario. Lo primero sucede cuando por falta de caudales se suspende el pago de los rentados que subsisten a espensas dei fondo público; i lo segundo cuando el trastorno inherente a toda conmocion política altera el órden de la sociedad i paraliza los trabajos productivos que sirven de vehículo a la riqueza del tesoro. Las revoluciones, pues, influyen positiva i negativamente en la ruina de las rentas públicas, ya sea causando gastos supérfluos i crecidos con detrimento del Erario, ya sea disminuyéndolas entradas que lo alimentan, por la interrupcion del jiro activo sobre que están impuestos los derechos.