602 | CÁMARA DE DIPUTADOS |
▼▼José Santiago Montt, diputado-secretario. —A S. E. el Presidente de la República.
Núm. 892
▼El ▼Congreso Nacional, considerando el Mensaje de V. E., de 6 de Setiembre del presente año, permitiendo la estraccion de los ▼minerales de cobre, ha sancionado lo que sigue:
"Artículo primero. Se permite la estraccion de los minerales de cobre, ya sean calcinados o fundidos.
"Art. 2.º Cada quintal de mineral de cobre calcinado, pagará real i medio por ▼derecho de salida.
"Art. 3.º Cada quintal de mineral de cobre reducido por fundicion al estado de eje, segun la denominacion técnica, pagará tres reales de derecho.
"Art. 4.º Será prohibida la esportacion de dicho mineral, si se intentase hacerla mezclando los metales crudos con los calcinados o fundidos, pues siempre deben presentarse a las aduanas i resguardos con separacion de clases, para deducir el derecho que a cada una corresponde.
"Art. 5.º Se permite así mismo la estraccion para paises estranjeros de los minerales de plata conocidos bajo la denominacion vulgar de soroches o arsénicos, pagando por derecho de salida real i medio cada quintal.
"Art. 6.º El ▼permiso de esportar metales soroches, solo durará miéntras se adquiera el método de beneficiarlos dentro del pais."
Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 20 de 1834. —▼José Vicente Izquierdo. —▼José Santiago Montt, diputado-secretario. —A. S. E. el Presidente de la República.
Núm. 893
▼El ▼Congreso Nacional ha sancionado el ▼proyecto de lei propuesto por las comisiones encargadas de examinar los estados del ▼Ministerio de Hacienda, en los términos siguientes:
"Artículo primero. Las ▼contribuciones actualmente establecidas continuarán por el término de diez i ocho meses.
"Art. 2.º Su ▼inversion se hará únicamente en los gastos que hasta ahora ha tenido la administracion pública con arreglo al presupuesto del presente año, presentado por el Ministro de Hacienda."
Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 20 de 1834. —▼José Vicente Izquierdo. —▼José Santiago Montt, diputado-secretario. —A. S. E, el Presidente de la República.