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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXII (1833-1834).djvu/90

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CÁMARA DE DIPUTADOS

sion sobre el proyecto de lei que constituye la propiedad artística i literaria. (Anexo núm. 104. V. sesiones del 29 de Julio i del 22 de Noviembre de 1833.)

  1. De otro informe de la Comision de Lejislacion sobre el proyecto de acuerdo, celebrado por el Senado, para manifestar al Gobierno la satisfacción del Congreso por la manera como él usó de la autorizacion que se le confirio para formar una tarifa de avalúos; la Comision propone la aprobacion. (Anexo núm. 103. V. sesion del 3 de Julio.)
  2. De una solicitud de Ascencio Castro, quien pide se le devuelva la que presentó el 20 de Octubre de 1832. (Anexo núm. 106. V. sesion del 10 de Setiembre de 1832.)
  3. De otra del prebendado don José Antonio de Alcázar, quien pídese considere en sesion estraordinaria la que tiene presentada en demanda de un permiso. (V. sesion del 17 de Julio de 1833.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Que la Comision de Hacienda dictamine sobre la solicitud de don José Vicente Bustillos. (V. sesion del 26.)
  2. Devolver a Ascencio Castro el espediente de su anterior solicitud.
  3. Reelejir a los diputados que ocupan los puestos de Presidente i Vice-Presidente de la Sala. (Anexo núm. 107. V. sesiones del 3 de Julio i del 11 de Octubre de 1833.)
  4. Aprobar en jeneral el proyecto de lei que autoriza al Ejecutivo para conceder privilejios esclusivos. (V. sesiones del 19 de Julio i del 26 de Agosto de 1833.)
  5. Desechar el artículo 3.º del proyecto de lei que crea fondos para el sostenimiento de las milicias i comunicarlo al Senado con los dos artículos aprobados anteriormente. (V. sesiones del 29 de Julio i del30 de Agosto de 1833.)
  6. Dejar pendiente la discusion del proyecto de lei relativo al Ínteres de los censos. (V. sesiones del 2 i del 26.)
  7. Dejar la solicitud del prebendado Alcázar para considerarla a su tiempo. (V. sesion del 26.)

ACTA

SESION DEL 9 DE AGOSTO DE 1833

Se abrió con los señores Astorga, Bustillos, Carvallo don Francisco, Carrasco, Carvallo don Manuel, Echeverz, Eyzaguirre, Fierro, García de la Huerta, Gutiérrez, Irarrázaval, Larrain don Juan Francisco, Larrain don Vicente, Lira, López, Martínez, Mathieu, Mendiburu, Plata, Portales, Puga, Renjifo, Rosales, Rosas, Silva don Pablo, Tocornal don Joaquín, Valdivieso, Valdés, Uríbe, Vial don Juan de Dios, Vial don Antonio i Vial don Manuel.

Aprobada el acta de la sesión anterior, se leyó un oficio del Poder Ejecutivo con que acompaña el memorial que presentó don José Vicente Bustillos, para que se le conceda privilejio esclusivo por el término de ocho años para elaborar el ácido sulfúrico; i pasó a la Comision de Hacienda.

Se leyeron también ocho informes de las Comisiones de Gobierno, Hacienda i Lejislacion, en que aprueban los dos proyectos del Senado sobre los artículos de provision que se internaron desde el 10 de Mayo de 1831 para los buques de guerra pertenecientes a potencias amigas o neutrales, i el relativo a la solicitud del prebendado Alcázar; las autorizaciones para invertir 272 pesos en la traslación del almacén de pólvora de la plaza de Concepción sobre la cantidad que se habia señalado para refaccionar el antiguo; para vender, sin las solemnidades prescritas por la lei con reserva de los derechos particulares que se disputan, los terrenos en que existió la antigua batería de la Concepción en que debe establecerse la fábrica de jarcias; i para que el Gobierno disponga lo conveniente acerca de la solicitud de don Cárlos Thurn; el proyecto que presentó el secretario sobre compilación de los Códigos Civiles; el que pasó el Presidente de la República sobre los privilejios que deben concederse a los autores de obras literarias; i el del Senado para manifestar al Poder Ejecutivo la satisfaccion con que el Congreso ha visto desempeñado el difícil encargo que le confió por el artículo 10 de la lei de 23 de Julio del año próximo pasado; i quedaron en tabla.

Se dió cuenta de dos peticiones: la una de Ascencio Castro para que se le devuelva la solicitud que presentó el 20 de Octubre de 1832; i la otra del prebendado Alcázar para que se considere en sesión estraordinaria la que elevó al Senado i con su acuerdo pasó a esta Sala: la primera fué aprobada, i ésta quedó para considerarse despues.

En seguida se procedió a la eleccion de Pre