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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXII (1833-1834).djvu/92

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CÁMARA DE DIPUTADOS

sobre este negocio, se ha persuadido de los inconvenientes que ofrece la formacion de nuevos códigos, i es de sentir que en ningún caso podria conseguirse con ella el pronto remedio que exijen los males producidos por nuestra dificultosa lejislacion. El tiempo que demanda el exámen i aprobacion dé los diversos cuerpos de la jurisprudencia civil, basta para hacernos perder la esperanza de conseguirlos con la brevedad que requieren nuestras necesidades.

A juicio de la Comision no ofrece ménos dificultades ni demanda ménos tiempo su formacion; pues, aunque nada habrá de orijinal porque estas materias han ocupado a todas las sociedades civilizadas i se han empleado en su consideracion los hombres mas sabios i distinguidos de todas ellas, con todo nosotros, por una desgracia que no podremos ménos de lamentar, carecemos de ellos aun para hacer la elección de las diversas opiniones en que se hallan divididos los juriscon sultos filósofos i pudiéramos fácilmente escollar con los desvarios i estravagancias que es una enfermedad tan común o con las preocupaciones de los que solo se han empleado en el foro, que es cuanto podemos encontrar entre nosotros.

Por el contrario, la compilación de los códigos vijentes, sino es una obra fácil a lo ménos puede realizarse con mas prontitud, i no necesita de la sancion de la Lejislatura que la retardaría perpetuando los males que ha producido bajo cualquier aspecto que se le considere. Esta misma reforma pondría de manifiesto los vacíos i todos los defectos en que abunda nuestro Código, i entónces la modificación seria parcial, se habria pronunciado la opinion pública sobre los vicios mas notables, i esta misma prepararía el ánimo para hacer una reforma útil i adecuada a nuestras necesidades i costumbres.

La Comision tendría que estenderse demasiado si hubiese de manifestar los inconvenientes que ofrece el proyecto del Senado, i las ventajas que encuentra en el nuevo proyecto presentado a la Sala, i persuadida de que será mas útil esponerlo todo de palabra al tiempo de la discusion, se limita a manifestar su decisión en favor del nuevo proyecto que a su juicio ia Sala debería considerar con preferencia. —Santiago, Agosto 6 de 1833. —Santiago de Echeverz. —Joaquin Gutiérrez. —Rafael V. Valdivieso Zañartu. -Manuel Camilo Vial. —P.F. Lira.


Núm. 104

La Comision ha visto el proyecto que antecede i juzga tan justo como útil al progreso de las luces conceder los privilejios que en él se acuerdan a los autores de toda clase de obras literarías.

Las sociedades cultas los han establecido a pesar de otros muchos beneficios de que gozan los literatos; i las sociedades nacientes que carecen de ilustracion, que no tienen otros estímulos para fomentarlo, i que no pueden lisonjear a los pocos hombres estudiosos que en ellas se encuentran con ninguna dase de esperanzas, necesita algo mas que aquellas de moderados favores que les alienten en las penosas tareas a que deben consagrarse.

Declarar que es una propiedad el descubrimiento o trabajo de cada uno, i que deben gozar la esclusivamente por un tiempo determinado, es hacer lo que la justicia i el ínteres común prescriben, i es también conceder un nuevo goce a la comunidad a quien aparentemente se niega, porque de otro modo no disfrutarían jamas de tales beneficios; por todo lo espuesto i en conformidad con el artículo 152 de la Constitucion, la Comision cree que la Sala debe aprobar en todas sus partes el proyecto a que se refiere. —Santiago, Agosto 6 de 1833. —Santiago de Echeverz. —Joaquin Gutiérrez. —P.F. Lira. —Manuel Camilo Vial. —Rafael V. Valdivieso Zañartu.


Núm. 105

En vista del oficio del Supremo Gobierno del Reglamento de Aduanas, que fué servido acompañar, la Comision cree que debe aprobarse el proyecto que acordó el Senado, para manifestar al Poder Ejecutivo la satisfaccion con que el Congreso ha visto desempeñado el difícil i penoso encargo que le confió por el artículo 10 de la lei de 23 de Julio del año próximo pasado.

La Comision, al apoyar el dictámen del Senado, se complace de poder asegurar a la Sala que su conformidad en esta materia marcharía de acuerdo con el voto unánime de todos los chilenos, i que el trabajo presentado es digno de la sabiduría i confianza que el Congreso depositó en el Gobierno. —Santiago, Agosto 6 de 1833. —Santiago de Echeverz. —Joaquin Gutiérrez. —P.F. Lira. — Rafael V. Valdivieso Zañartu. Manuel Camilo Vial.


Núm. 106

Señor: el artillero inválido Ascencio Castro ante V. E. comparezco i digo con el mayor respeto: que habiéndome presentado el 20 de Octubre de 1832 por un espediente, pidiendo gracia se me repusiese mi medio sueldo cedido en beneficio del Estado i tropas vencedoras del Sud, en tiempo que se le hizo la guerra al perverso de Benavides, i no habiéndose tomado en consideración, a V. E. suplico se sirva mandar al señor secretario se me devuelvan para los fines que me convengan; su mas humilde súbdíto.

Santiago 1 Agosto 5 de 1833. —Ascencio Castro. —A Su Excelencia el señor Presidente de la Cámara de Diputados.