Aduanas, i con sesenta i cinco mil novecientos cincuenta i cuatro que se dan por existentes.
Las ▼Comisiones informantes, en virtud de lo espuesto i de haber encontrado dicha cuenta i presupuestos arreglados a los justificativos presentados por el Ministro de Hacienda, son de sentir que el Congreso apruebe el siguiente proyecto que someten a su deliberación:
"Artículo primero. Se aprueba la cuenta de entradas i gastos que ha tenido la República en el año 1834, que el Ministro de Hacienda acompaña a la Memoria presentada al ▼Congreso en 5 de Octubre de 1835.
Art. 2.º Las contribuciones actualmente establecidas continuarán por el término de diez i ocho meses, en conformidad al artículo 37 de la Constitución.
"Art. 3.º Su inversión se hará en los gastos de la Administración Pública con arreglo a las leyes i a los presupuestos para el año 1836, presentados por los Ministros Secretarios del Despacho".
Santiago, Octubre 9 de 1835. —▼José Ignacio de Eyzaguirre. —▼D. J. Benavente. —▼Pedro Ovalle. —▼Pedro Nolasco Vidal. —▼Ambrosio de Aldunate. —▼Ramón L. Irarrázaval. —▼V. Garrido.