cometerá acto alguno de hostilidad de los que V. S. enumera, ni de ninguna clase sobre los buques, súbditos, propiedades o territorio peruanos, ínterin estén pendientes las negociaciones, debo declarar, con la franqueza que me es característica, que aunque ahora se retire del puerto del Callao, es probable que vuelva a él pendiendo todavía la negociacion, o a cualquier otro punto de las costas del Perú, i atendidas las disposiciones que manifiesta el Gobierno de V. S. i el modo con que la misma Escuadra ha sido recibida en el Callao, impedirá la reunion de los buques de guerra peruanos, i todo nuevo armamento naval que esté en su mano impedir, aunque sin proceder a acto alguno de violencia ántes de anunciarlo debidamente para que se evite.
Por lo que hace a la presencia de la Escuadra en las costas del Perú, tan léjos está de haberse estimado por el Gobierno de V. S. como inconveniente para el desempeño de mi mision, que, por el contrario, se ha hecho saber oficialmente por el señor Gobernador político i militar del Callao, refiriéndose a órdenes de su Gobierno, que permaneciendo ella fuera de los fuegos de las baterías, podía el Ministro Plenipotenciario desembarcar con su comitiva como i cuando gustase, seguro de que sería tratado del modo correspondiente a su carácter, en que se comprende su libre comunicacion con su Gobierno i toda clase de ajentes i funcionarios de éste, i la inviolabilidad de sus correos i avisos. Tampoco en el oficio que tuve el honor de dirijir a V. S. el 3 del corriente, se proponía directa o indirectamente la absoluta separacion de la Escuadra de las costas del Perú, sino solo su retiro indefinido del puerto del Callao, a efecto de evitar el inconveniente, que, no por parte del Gobierno del Perú, sino por mí, se encontraba en que yo desembarcase sin que entrase al surjidero la Escuadra a cuyo bordo venía.
Por otra parte, estando yo admitido en mi carácter de Enviado Estraordinario i Ministro Plenipotenciario, las únicas cuestiones a que parece oportuno dar lugar en el estado presente, serían las concernientes a mi desembarco hasta hallarme en disposicion de empezar a ejercer las funciones de mi ministerio. Cualquiera pretension del Gobierno del Perú sobre la situacion de la Escuadra durante las negociaciones, podría ser objeto de una convencion preliminar, para cuya celebracion no hai embarazo, dándose por parte del Gobierno del Perú seguridades mediante las cuales no pierdan las fuerzas navales de Chile la posicion ventajosa que tienen hoi i deben conservar para el caso de un rompimiento.
Debemos tambien ponernos de acuerdo en la verdadera intelijencia de la espresion pacífica de que V. S. se vale, cuando habla de los usos a que puede destinarse el buque que queda a mis órdenes en el Callao. Seguramente que yo no le destinaré a cometer acto alguno de hostilidades, ni miéntras dure la negociacion se ejercerá alguno por mi órden, aprobacion o consejo, pero me sería sumamente desagradable que no se calificase de uso pacífico llevar las comunicaciones que tuviese yo que dirijir a la Escuadra, bien para que se remitiesen a Chile, bien para el mismo señor Vice-Almirante, o bien para saber si se habían recibido pliegos de mi Gobierno.
Habiendo procurado satisfacer los deseos del Gobierno del Perú, con la medida propuesta en mi oficio de 3 del corriente, espero que V. S. se sirva contribuir eficazmente a allanar todo embarazo ulterior que retarde el desempeño de mi mision.
Solo me resta dar a V. S. las mas espresivas gracias por el ofrecimiento que se sirve hacerme de los víveres i refrescos para la Escuadra, de que por ahora no necesito, i renovar a V. S. las seguridades del respeto i consideracion con que soi de V. S. mui atento obediente servidor.
A bordo del bergantin chileno Aquíles. —Noviembre 5 de 1836. —▼Mariano de Egaña. —Al señor Ministro de Estado en el Departamento de Relaciones Esteriores del Perú.
Núm. 401
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Señor Ministro:
El Gobierno Protectoral se había denegado a recibir la Escuadra chilena en el puerto dentro del tiro de cañon, porque consideraba esta circunstancia como un poderoso impedimento para entablar la negociacion proyectada, tanto a causa de incidentes anteriores, cuanto en razon de ser desusada semejante conducta entre potencias de igual jerarquía en el órden político. Al ver, por la estimable nota de V. S. de 3 del corriente mes, que se retiraba la predicha Escuadra, juzgó que esto provenía del convencimiento de la justicia de su pretension. Siente haberse instruido posteriormente por el oficio de V. S. fecha de ayer, que se equivocó en su juicio a este respecto; pero, como quiera que sea, dejaré de tratar mas este punto, a fin de pasar a contestar el último oficio precitado.
Su contenido no puede ser mas sorprendente ni mas contradictorio.
Es sorprendente, porque de él aparece que las órdenes e instrucciones que ha dado a V. S. su Gobierno, son de guerra, de guerra simulada, si no abierta, mas bien que de paz. A no ser así, ¿cómo es que no puede V. S. acceder a la justa solicitud espresada en mi anterior oficio, sin especial órden e instruccion del Gobierno de Chile? Es posible que haya sido enviado V. S. como Ministro encargado de establecer entre estos Estados i aquél la buena armonía, interrumpida