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CÁMARA DE DIPUTADOS

sionados por las mesas receptoras, las cerraduras de la caja en que se hallaban depositadas las de la votacion, i, hallándolas en el mismo estado en que habían quedado al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida, a la de las cajas que había dentro. Acto contínuo i con las formalidades de los artículo 58, 59, 60, 61, 64 i 68 del Reglamento de Elecciones, se procedió al exámen de todas las cajas, el cual produjo el siguiente resultado:


La parroquia de Santa Juana, 192 votos a favor del ciudadano Miguel Dávila, igual número a don Manuel González Ortúzar para suplente.


La parroquia de Nacimiento, setenta i cinco votos a favor del referido don Miguel Dávila i setenta i cinco al precitado don Manuel González Ortúzar.


La parroquia de Arauco noventa i tres votos a favor de don Miguel Dávila i noventa i tres a don Manuel González Ortúzar.


La de Colcura sesenta i nueve votos a favor de don Miguel Dávila i sesenta i nueve votos a favor de don Manuel González Ortúzar.


I por la de San Pedro diez i siete votos a favor de don Miguel Dávila, i diez i siete a favor de don Manuel González Ortúzar.


Concluida esta operacion, se dió principio al escrutinio jeneral, i hecho con la mayor prolijidad a presencia de los comisionados de las parroquias, ciudadanos: por la de Santa Juana, don Pedro José Sanhueza; por la de Nacimiento, don Tiburcio i Villagra; por la de Arauco, don José Antonio Hermosilla; por la de Colcura, don Francisco de Paula Mora i por la de San Pedro, don José Dolores García, obtuvo cuatrocientos cuarenta i seis votos para Diputado al Congreso don Miguel Dávila, i para suplente con igual número, don Manuel González Ortúzar, resultando, de consiguiente, electo el indicado don Miguel Dávila i para suplente don Manuel González Ortúzar.


Hecha la correspondiente proclamacion por el Presidente, firmó conmigo como secretario del Cabildo la presente acta, despues que fué leida i aprobada por él. —José Bartolomé Bisama. —Martin Rios. —Pascual Ruiz. —Juan Manuel del Campo. —Miguel Gallegos. —Miguel Pradeña. —Pedro José Sanhueza. —Tiburcio Villagra. —José Antonio Hermosilla. —Francisco de Paula Mora. —José Dolores García. —Eusebio Neira, secretario.


Está conforme al orijinal a que me refiero. —Bisama, Presidente. —Neira, secretario.



Núm. 470

Nada hai mas justo que perpetuar la memoria de aquellos ciudadanos que, con sus virtudes i esfuerzos, han contribuido a dar lustre i esplendor a su patria. Don Agustin Eyzaguirre pertenece al catálogo de aquellos ilustres chilenos que, arrostrando todo jénero de peligros i luchando heróicamente con la adversidad, concurrieron de un modo eficaz i heróico a erijir el majestuoso edificio de la Independencia política de su pais. Los importantes servicios prestados por este ilustre ciudadano en obsequio de la libertad de la patria, merecen, en verdad, perpetuarse en la memoria de sus compatriotas. En esta atencion, la Comision opina por que la Cámara apruebe en todas sus partes el proyecto relativo a los honores públicos que deben decretarse en honor del señor Eyzaguirre.


Sala de la Comision. —Julio 26 de 1837. —Tomas Ovejero. —Anjel María Prieto. —Juan Manuel Palacios.


Núm. 471

La Comision, despues de haber examinado con atenta detencion el proyecto pasado por la Cámara de Senadores, relativo a los honores públicos que deben hacerse en memoria del ilustre Ministro don Diego Portales, no puede ménos de aprobarlo en todas sus partes; porque la justicia, el interes público i la gratitud nacional así lo demanda.


Sala de la Comision. —Julio 24 de 1837. —Tomas Ovejero. —José Fermin del Solar. —José Miguel del Solar.



Núm. 472

La Comision de Hacienda, penetrada de los mismos sentimientos en que S. E. el Presidente de la República apoya su Mensaje para dispensar los derechos que debe satisfacer la viuda del respetable Cónsul, señor Dannery, por la venta de los efectos que introdujo para su uso, es de opinion que la Cámara debe aprobarlo.


Sala de la Comision. —Julio 26 de 1837. —José María de Tocornal. —Ignacio de Reyes. —Pedro Nolasco Vidal. — P. Felipe Iñiguez.



Núm. 473

El Senado, en sesion del 5 del presente, ha aprobado el proyecto de lei en que se dispensan a la señora Alejandrina Dannery los derechos que, con arreglo al artículo 9.º de la lei de derechos de internacion, debieren cobrarse sobre la venta de los efectos introducidos libremente para el uso i consumo del finado señor Dannery, en los términos acordados por esa Cámara, a consecuencia del Mensaje de S. E. el Presidente de la República que devuelvo.


Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Senadores. —Santiago, Agosto 7 de 1837. —JOSÉ MIGUEL SOLAR. —Juan Francisco Meneses,