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CÁMARA DE DIPUTADOS

patria tantos dias de gloria i prosperidad a costa del sacrificio de su persona i de sus bienes, i tambien el de socorrer de algun modo la miseria en que habían quedado sus hijos a causa de los sacrificios del padre.


Consecuente el Gobierno a esa declaracion, no ha tardado mucho en manifestar los deseos que le animan a favorecer a aquellos tristes huérfanos, cumpliendo al mismo tiempo con los deberes que la relijion, la humanidad i aun la patria misma le imponen de un modo el mas imperioso. Ya hoi le vemos proponer a la Cámara un proyecto de lei por el cual pretende se establezca una pension de trescientos pesos anuales a favor de cada uno de los tres hijos menores, la que deberá dárseles durante el tiempo de su menor edad, i que luego que salgan de ella, se les dé de contado la cantidad de cuatro mil pesos a cada uno; esta medida es ciertamente mui justa i en cierto modo llena los deberes de un Gobierno paternal, pero se presenta un medio mas favorable a los menores de cumplir con ese deber i gravando mucho ménos al Erario: es el siguiente,que propongo por modo de indicacion:


A la menor doña Rosalía le faltan para cumplir veinticinco años de su menor edad doce, a don Ricardo catorce i a don Juan Santiago veintiuno. Segun esto, la pension de trescientos pesos que durante aquélla debe gozar cada uno de los tres asciende a la suma de catorce mil cien pesos; si despues de ella se han de dar cuatro mil pesosacada uno de dichos menores, resulta que el Erario Público tiene que gastar veintiseis mil cien pesos; dándoseles de pronto los cuatro mil pesos que deben recibir al cumplimiento de los veinticinco años, resulta que el Erario ahorrará catorce mil cien pesos mejorando la suerte de los menores, cuyo curador procederá a poner inmediatamente a interes con las mejores seguridades, el capital de cada uno, i al ocho por ciento que sea, les producirá una renta mayor que la pension, al mismo tiempo que será garantido contra toda vicisitud i asegurada la subsistencia de unos huérfanos tan desgraciados como acreedores por su padre a las consideraciones de la Nacion.


El que suscribe, excitado en su conciencia por el doble estímulo del cargo de Diputado, de curador i tutor de los menores, pide se consideren las razones espuestas i se sancione el siguiente artículo modificacion del pasado por el Supremo Gobierno:


Artículo único. Dése del Erario Público a cada uno de los tres hijos menores del finado señor Ministro don Diego Portales, cuatro mil pesos para que se alimenten con sus intereses durante su menor edad, i le sirvan de lejítima cuando salgan de ella, o para contraer estado." —Santiago, Octubre 9 de 1837. —Ignacio Morán.




Núm. 499

Abiertas las sesiones de la Cámara el 9 del corriente principiaron a prestar sus servicios todos los empleados en Secretaría que funcionaron en el período ordinario de este año.


Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 11 de 1837. —JOSÉ VICENTE IZQUIERDO. —José Santiago Montt, diputado-secretario. —A. S. E. el Presidente de la República.




Núm. 500

Se han dado las órdenes convenientes para que se tome razon de los empleados que han continuado sirviendo en esa Secretaría. Lo pongo en noticia de V. E. en contestacion a su nota de este dia.


Dios guarde a V. E. -Santiago, Octubre 12 de 1837. —Joaquín Prieto. —Joaquín Tocornal. —A. S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.




Núm. 501

La Cámara de Diputados, reunida estraordinariamente, a consecuencia del Mensaje de V. E. fecha 6 del corriente, ha dado principio a sus sesiones hoi dia de la fecha.


Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 9 de 1837. —JOSÉ VICENTE IZQUIERDO. —José Santiago Montt, diputado-secretario. —A. S. E. el Presidente de la República.