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SESION DE 27 DE AGOSTO DE 1841
to 1.º | 144 | |||
Id. de cuatro sarjentos 2.os, con $ 120 cada uno | 480 | |||
Id, de dos tambores, con $ 72 cada uno | 144 | |||
Id. de dos cabos, con $ 96 cada uno | 768 | |||
Id. de cuarenta i cinco soldados, con $ 72 cada uno | 3,240 | |||
Id. de doscientos cuarenta, fuerza i costo de cuatro compañías mas | 27,504 | |||
Una compañía de a caballo | ||||
▼Sueldo anual de un capitan | $ 792 | |||
Id. de un teniente | 516 | |||
Id. de dos alféreces, con $ 396 cada uno | 792 | |||
Id. de un sarjento 1.º | 144 | |||
Id. de cuatro sarjentos 2.os, con $ 120 cada uno | 480 | |||
Id. de dos cometas, con $ 72 cada uno | 144 | |||
Id. de ocho cabos, con $96 cada uno. | 768 | |||
Id. de ochenta i cinco soldados, con $ 72 cada uno | 6,120 | |||
Plana Mayor | ||||
Sueldo anual de un coronel, comandante jeneral | $ 2,820 | |||
Id. de dos comandantes de departamentos, con $ 1,692 cada uno | 3,384 | |||
id. de un sarjento mayor | 1,128 | |||
Id. de tres ayudantes mayores, con $ 624 | 1,872 | |||
id. de un capellan. | 348 | |||
Gratificacion a la Comandancia para papel | 48 | |||
Id. al comandante jeneral de artillería | 480 | |||
Papel para las seis compañías, a 14 reales mensuales cada una | 126 | |||
La compostura de armas, regulándose a real i medio mensual por plaza, sobre los cuatrocientos individuos de tropa, importa al año | 900 | |||
Para costo del vestuario, se regulan diez reales mensuales por plaza | 6,000 | |||
Por mantencion de cien caballos para otras tantas plazas de que se compone la compañía de caballería, al respecto del medio real diario en ocho meses contados desde el 1.º de Setiembre a fines de Abril, i a 3 cuartillos en los cuatro restantes, importa al año | 1,665. | 5 | ||
También debe abonarse a la espresada compañía un 10% de pérdida en la caballería; i avaluando cada caballo a 10 pesos resulta el gasto de | 100 | |||
Igualmente debe considerarse un 8% de enfermos que se calculan sobre la fuerza total de cuatrocientas plazas, de que resultan treintidos individuos, que al respecto de 3 reales diarios cada uno, según contrata, asciende el gasto anualmente a la cantidad de 4,380 pesos, de cuya suma deben deducirse 1,152 pesos, importe de los 3 pesos que la Comisaría Jeneral descuenta anualmente en los ajustes de la tropa por cada individuo |