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GRAN CONVENCION
"Art. 58.▼Un ciudadano con el título de ▼Presidente de la República de Chile administra el Estado i es el Jefe Supremo de la Nacion".
Se discutió por segunda vez la parte cuarta del artículo 59, i, puesta en votacion, fué desechada.
Con lo que se levantó la sesion.—▼ECHÉVERZ, Vice-Presidente. —▼Juan Francisco Meneses, Secretario.