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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXI (1831-1833).djvu/437

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SESION EN 25 BIS DE JUNIO DE 1833

se encuentran en los libros que se puntualizan, que se hallan en el archivo de la citada Comision, a que me remito en caso necesario. I para que conste lo pongo por dilijencia, en esta ciudad de Santiago, capital de la República de Chile, en once dias del mes de Octubre de mil ochocientos treinta i dos años. —Manuel de la Cruz Gajardo, Escribano Público i de Cabildo.


Núm. 202

Los Ministros de esta Aduana Jeneral, etc.

Certifican: que a fs. 143 del libro de providencias núm. 6, se halla una copiada a la letra, cuyo tenor es el siguiente:

"Santiago i Enero 14 de 1812. —La autoridad Ejecutiva del Reino, consultando la economía del Erario i la mejor administracion de sus ramos, ha acordado que el señor don Manuel Manzo, del Consejo de S. M., vocal jeneralmente aclamado por el llustrísimo Cabildo i jefes militares, no goce de otra gratificacion ni sueldo que el de su empleo propietario de administrador de la Real Aduana, de cuyo cargo no deberá separarse considerándose temporal el 1.º, i no teniendo arbitrio a dejarlo de ejercer por el bien público i para facilitar la espedicion i pronto despacho de la renta, el contador suplirá las ausencias del administrador i oficial mayor de Contaduría, las de contador en conformidad de reglamento, reales órdenes i providencias de este Superior Gobierno; i, así mismo se declara que éstos no tienen derecho por esta obligacion inherente a sus empleos a reclamar mas sueldo ni gratificacion que aquella que por sus empleos propietarios han disfrutado hasta lo presente; agregándose a la Contaduría el amanuense de la administracion para facilitar sus labores, de lo que se tomará razon en el {MarcaCL|I|Real Tribunal de Cuentas y contaduría de Aduana|OK|Certificado emitido por la Aduana General de un decreto del 14 de enero de 1812 relativo al empleo de Manuel Manzo}}Real Tribunal de Cuentas i Contaduría de la Aduana". —I a pedimento verbal damos el presente. —Santiago, Octubre 13 de 1832. —José Mariano Lafebre. —Pedro N. Roman.


Núm. 203

Los Ministros de esta Aduana Jeneral, etc.

Certifican: que a fojas 148 vuelta, del libro de providencias número 6, se halla una copiada a la letra i íu tenor es el siguiente:

"Santiago, 6 de Agosto de mil ochocientos doce. —Siendo tan delicado como urjente el resultado de la comision conferida al señor administrador jeneral de reales derechos, cuyas trascendencias han de decidir en una parte principalísima del Estado la felicidad que se ha prometido el Gobierno, que está íntimamente penetrado de su actividad, conocimientos i patriotismo defiere desde luego a su propuesta; a consecuencia, compondrán bajo su presidencia la Junta de arreglo los individuos que propone, i nombrarán particularmente cada cuerpo o tribunal a la mayor brevedad i de las calidades mas relevantes i proporcionadas al lleno de tan importante encargo, durante el cual subrogará conforme a las órdenes citadas, el contador la ausencia de este jefe, de quien se promete la Junta el mas pronto i feliz resultado de su comision; todo por virtud de este decreto que se trascribirá al Consulado, Tribunal de Cuentas e Ilustre Ayuntamiento, prévia su toma de razon. —Prado. —Carrera. —Portales. —Vial, Secretario."

I a pedimento verbal damos el presente. —Santiago, Octubre 13 de 1832. —José Mariano Lafebre. —Pedro N. Román.


Núm. 204

Certifico: Yo don Pedro Nolasco Larraguibel, cura rector del Sagrario de esta santa iglesia catedral diócesis de Santiago, República de Chile, etc. Como en uno de los libros parroquiales en que se anotan las partidas de bautizados en el que empieza el año de mil setecientos cuarenta i cuatro, a fojas 185 se halla una como sigue:

"En cuatro de Setiembre de mil setecientos cincuenta i cinco años, yo el padre Cárlos Aymausen, rector del colejio Máximo de la Compañía de Jesús, con licencia del cura semanero bauticé, puse óleo i crisma a Manuel José Antonino, de tres dias, hijo lejítimo de don Manuel Manzo Velasco i de doña Teresa Santa Cruz; padrino el Maestre de Campo don Miguel Cotapos Villamil. Testigos Juan José Sánchez e Ignacio Rojas. —Firmada. —Juan Foucart.

I por cuanto, esta partida está fielmente conforme con su orijinal, al que me remito, firmé la presente en 24 de Setiembre de 1832. —Pedro Nolasco Larraguibel.


Núm. 205

El abajo firmado, como profesor de cirujía médica,

Certifica: que el año de 1827, 15 de Agosto, fué llamado a orillar al señor don Manuel Manzo que se hallaba padeciendo de un ataque recien de apoplejía fuerte, con parálisis del lado derecho de todo el cuerpo, que su vida corrió el mayor peligro, pero, con los remedios usados i los esfuerzos de la naturaleza, logró nó su entera salud, pero se restableció bastante para poder andar con trabajo, quedó mui corto de vista i en un estado valetudinario. Para los usos que convenga dado en Santiago, Octubre 17 de 1832. —Cárlos Buston.