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GRAN CONVENCION

federacion en su estado actual. En el catálogo de las atribuciones que les confiere la Constitucion, no hai una sola que les permita hacer la mas mínima innovacion sin someterla a la aprobacion del Congreso. En las nominaciones de intendentes, jueces de letras i Senadores, no tienen mas que una parte directa en la de Senadores i aun ésta es insignificante, porque el partido que vence en una eleccion puede vencer en todas las que interesen sus fines; la terna de los demás es ilusoria i la de los jueces de letras perjudicial, como lo manifestaremos mas abajo.

Supongamos que en cada provincia haya solo dos o tres letrados con las calidades necesarias para entrar en las ternas, i que un partido, ajitando resortes inicuos i mirando con desprecio las trabas que la Constitucion pone a sus aspiraciones, consiguiese un triunfo completo en las elecciones. ¿Quién podria resistir a los caprichos de ese poder formidable, enlazado con las autoridades locales? ¿Qué fuerza podria contener la marcha de ese torrente de pasiones hostiles, legalizado por las formalidades aparentes de una eleccion subrepticia i entronizado por el fraude? ¿Qué recursos restarian a los ciudadanos indefensos, entregados una vez a la discrecion de esa fiera con cinco cabezas, que podia multiplicar su accion de tantos modos diferentes contra la propiedad? ¿Qué importarían las garantías sin la imparcialidad de las Asambleas? ¿Qué seria de la seguridad e inviolabilidad individual con un intendente culpable i un juez sin integridad? Cabildos, gobernadores locales, Asambleas, intendentes, jueces de letras, todo obraría en armonía con los planes siniestros de ese club de organizador. Nadie ignora que la eleccion de esas autoridades subalternas llega a ser pocas veces el resultado de la opinion i mas bien de la intriga. El atraso en que se hallan las provincias; la reconcentracion de las riquezas en las manos de cuatro o cinco familias; el estado de dependencia de las demás, que subsisten la mayor parte del fomento de las primeras, formarán una desigualdad insuperable por las necesidades de aquéllas; i es un error gravísimo el creer que puedan seguir los impulsos de su conciencia i desprenderse de sus intereses para votar. En ese caso, los lejisladores instruidos de todas esas circunstancias deben equilibrar las relaciones de los poderes para destruir en cuanto sea posible, o al menos neutralizar, las consecuencias de esa desigualdad. Siendo nombrados directamente, los intendentes por el Poder Ejecutivo nacional, podrán resistir con mas eficacia i libertad a las combinaciones de la ambicion, i serán considerados entonces como la verdadera salvaguardia de los pueblos del interior. Eximida la administracion de las provincias de la pesada i negativa intervencion de las Asambleas, marchará con mas órden i celeridad. Si hai un interés evidente en conservar los Cabildos, no hai una de las atribuciones de las Asambleas que no pueda conferirse a esas corporaciones, cada una en los respectivos límites de su jurisdiccion. Compárense los beneficios que han reportado unas i otras; considérense las mejoras que han promovido; pónganse en paralelo los perjuicios que han causado i veremos que la balanza se inclina a favor de los primeros. La institucion de los gobernadores locales es inútil i peligrosa principalmente en las cabeceras de partido. Se sabe que en todos los distritos donde existen Cabildos los gobernadores locales, a mas de sus atribuciones peculiares, tienen la parte indipensable de autoridad que les delegan los intendentes por la razon mui natural que no pueden estar en todas partes. En caso de tropelías, infracciones, usurpaciones de derecho o atentados contra la seguridad individual, los agraviados podrian interponer sus quejas a los Cabildos i éstos elevarlas al conocimiento del Poder Ejecutivo provincial para que hiciese respetar la lei, como se ha hecho en otros tiempos i todo ha marchado en la mejor regularidad. Dejémonos de esas supuestas violencias que los demagogos han querido confundir con la arbitrariedad, porque no han podido menos que mirar con ceño cualquier acto de autoridad que refrenase sus pretensiones. Se advierte, en jeneral, que los mas exaltados vociferadores del liberalismo son hombres que no tienen intereses que comprometer o que tienen intenciones de ganar algo. La existencia de los gobernadores locales en las cabeceras de provincia donde residen los intendentes es peligrosa, porque están espuestos a entrar en choque unos con otros por cualquier pretesto o rivalidad en el desempeño confuso de sus mal determinadas funciones, como lo hemos visto con escándalo de todo el país; a mas de que no habiendo fondos para pagarlos, sirven mui mal. Sabemos por esperiencia que ya no existe la época en que los hombres tenian ese fuego patriótico i ese amor ardiente de las dignidades que les hacía postergar sus intereses particulares para aspirar a la gloria de sacrificarse por el bien de sus conciudadanos i merecer su estimacion. Nadie quiere servir de balde i todas las teorías no conseguirán probarnos lo contrario, porque hemos trazado la historia práctica del país. Sentemos un ejemplo de los muchos que tenemos con frecuencia a la vista.

Los intendentes reciben sueldos crecidos i no tienen mas atenciones que las de ejecutar i hacer ejecutar la Constitucion. La fuerza armada está toda a su disposicion. Para poner en movimiento esa fuerza, para asegurar la tranquilidad pública a veces interrumpida por los descontentos, para preservar la propiedad de las agresiones de los facinerosos, cuyos atentados van tomando diariamente un aspecto tanto mas amenazador cuanto están seguros de la impunidad, es indispensable que los intendentes sean revestidos de un poder mas amplio, de unas facultades independientes. Si tienen que esperar las órdenes