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SESION EN 25 DE JULIO DE 1833

"Comisiones, que alguno de los nuevos Estados (los hispano-americanos) dejase las armas de la mano ínterin la España hiciese la guerra a algun punto del continente que se había declarado independiente, i ninguno de ellos no ha dado hasta ahora el ejemplo, ni aun las sospechas de faltar a comprometimiento tan solemne i conveniente para cada uno." Si ninguno de los Estados americanos no ha dado el ejemplo ni aun las sospechas de dejar las armas de la mano, algunos o varios las habrán dado; a lo menos este es el sentido gramatical de la frase, i resulta que se ha dicho precisamente todo lo contrario de lo que se quiso decir. Mas, no pretendemos entretenernos en censurar defectos de lenguaje; esto apuraría la paciencia de nuestros lectores, haciendo la presente impugnacion interminable. Por una razon de congruencia entendemos, pués, que se ha querido decir, ninguno de los Estados americanos ha dado hasta ahora el ejemplo, ni aun las sospechas de dejar las armas de la mano, mientras la España mantenga la guerra contra cualquiera de las nuevas Repúblicas. Esta afirmacion no puede ser mas clara ni terminante; segun ella, ninguna de las nuevas Repúblicas ha intentado hasta hoi celebrar tratados con el Rei de España, porque esto hubiera sido algo mas que dar sospechas de que iba a deponer las armas; véase ahora lo que dice mas adelante el mismo informe. "En 1827 propuso el Gobierno de Colombia, hallándose en su mayor esplendor i con la opinion i el nombre de Bolívar, una tregua que no bajase de 20 años, quedando entre tanto abiertas las relaciones comerciales, todo bajo la mediacion de la Inglaterra, quien reiteró sus instancias para que se aceptase." ¿Puede haber contradiccion mas patente i menos disculpable? ¿Con qué el Gobierno de Colombia propuso el año de 1827 al Rei de España una tregua de 20 años, i ese mismo Gobierno no ha dado hasta ahora ni aun sospechas de querer dejar las armas de la mano, mientras que alguna de las Repúblicas americanas se hallase en guerra con dicho Monarca? Para salvar tan notable inconsecuencia es necesario presuponer, o que el Gobierno de Colombia no es americano, o que el tratado de tregua incluía la condicion de no deponer las armas; o que el año de 1827 no estábamos en guerra con el Rei de España. Elíjase cualquiera de estos tres términos, i la conclusion será siempre orijinal i peregrina, tanto, que nos creemos dispensados de hacer sobre ella comentarios.

"¿Cuál es, pués, la posicion en que el proyecto presente nos pondría, con respecto a las demás Repúblicas de la antigua América española? No somos ya sus aliados (i esta es la primera vez que en 23 años se oyen estas espresiones, aun en hipótesis, en la sala de un Congreso americano.") Insertamos a la letra este párrrafo del informe, porque en él se rejistran dos falsedades, una contradiccion i una ofensa gratuita. Es falso que el proyecto de lei viole alguna alianza. Es falso i es contradictorio sea esta la primera vez que se oyen, aun en hipótesis, en la sala de un Congreso americano espresiones alusivas a la ruptura de esta alianza tan vociferada; i es sobre manera ofensivo el Gobierno, que propuso la lei, el modo con que indirectamente se le echa en cara que él ha sido el primero a faltar a los tratados espresos i las estipulaciones solemnes que nos ligan con las demás Republicas, aunque estos tratados i estas estipulaciones no existan, como ya lo tenemos demostrado en uno de nuestros números anteriores.

Permitir el comercio a los súbditos de un Estado con quien se mantiene guerra, no es otra cosa que limitar las hostilidades a la fuerza publica de las Potencias que contienden. Chile, admitiendo en su territorio a los negociantes pacíficos de la Nacion española, no hacía renuncia del derecho de defenderse o de ofender a su contrario; podía auxiliar a las otras Repúblicas americanas; combatir a los buques de la marina real de España, i llevar sus ejércitos al país enemigo cuando lo tuviese por conveniente. ¿Qué clase de mal se infería, pués, a los otros Estados de América porque viniesen los españoles a traficar en nuestros puertos o a establecerse en la República? ¿Qué clase de mal? Se viola la alianza ratificada por tratados espresos, es la contestacion con que se sale de este aprieto. Pero, si no ha existido ni existe tal alianza ¿a qué fin hacer dos suposiciones falsas, una dentro de otra, si es lícito espresarse así; a qué fin suponer primero que hemos celebrado pactos de alianza con varias Repúblicas, i que una de las condiciones de esta alianza ha sido la de escluir el comercio español de nuestros puertos? Difícil sería resolver este problema sin ofensas de personas que, por mas de un título, nos merecen consideracion i respeto; preferimos guardar silencio.

Cuando el Gobierno de Colombia propuso al Rei de España el ajuste de una tregua que no bajase de 20 años ¿se daría un paso de tanta importancia i gravedad sin noticia del Congreso de aquella República? Cuando otros Gobiernos americanos hicieron proposiciones de paz, que siempre fueron rechazadas por el Gabinete de Madrid, como dice el informe pocas líneas antes ¿procederían esos Gobiernos sin consulta ni autorizacion de los Cuerpos Legislativos? Créalo quien quiera, pero éste es un absurdo que el sentido comun repugna. Solo porque se les había conferido poder para tratar, tomaron la iniciativa de un ajuste aquellos Gobiernos a quienes desairó el Monarca de España; i entonces fué cuando se oyeron en el seno de los Congresos americanos, no en hipótesis sino en un sentido real i positivo, las espresiones que ahora sin razon ni fundamento se han proferido en tono declamatorio para escandalizar al pueblo sencillo con una supuesta felonía.

En nuestro sentir, el Gobierno, como autor del