510 | CÁMARA DE SENADORES |
▼gun se contiene en los antecedentes que de vuelvo.
Dios guarde a V. E. —Santiago, 17 de Agosto de 1840. —▼Manuel Montt. —▼José Miguel Arístegui, ▼Diputado-Secretario. —A. S. E. el ▼Presidente de la Cámara de Senadores.
Núm. 572
▼La ▼Comision que informa cree que aun cuando la recurrente no sea acreedora al ▼montepío militar como madre de un oficial que murió en la accion de San Cárlos, al ménos lo es a una ▼pension graciosa, así por la jenerosa oferta que hizo de un segundo hijo cuando acababa de perder el primero, como por los buenos e importantes servicios que en el espacio de mas de treinta años prestó a la causa pública su finado marido don Anselmo de la Cruz.
En los espedientes que acompaña la ▼solicitud se ven consignados hechos notorios de que aun pueden testimoniar varios de los señores que componen la Cámara i que fueron testigos de las varias comisiones i destinos que ocupó el referido don Anselmo i del buen desempeño con que los ejerció. La Cámara debe considerar que la ancianidad no permitirá se prolongue por mucho tiempo la pensión con que ahora se grave al ▼Tesoro Nacional, aun cuando muerta la madre ceda a la hija en solo la mitad, i esto miéntras permanezca sin tomar estado.
Se somete, pues a la deliberacion de la Cámara el siguiente
Artículo único. Se asigna a doña Isabel Antúnez sobre el Tesoro Nacional la pension de $ 20 mensuales de que disfrutará miéntras viva, i muerta se reducirá la asignacion a solo la mitad de que gozará su hija única, permaneciendo sin estado.
Sala de la Comision, Agosto 13 de 1840. —▼Ramón Cavareda. —▼Francisco Subercaseaux. —▼José Miguel Irarrázaval.
Núm. 573
▼El ▼Congreso Nacional ha discutido i aprobado el siguiente
Artículo único. En consideracion a los servicios que don ▼Juan Enrique Rosales i su familia prestaron a la patria en los primeros dias de su existencia política, i atendiendo especialmente a los méritos contraidos por su hija doña Mercedes Rosales de Solaren la misma época, el Congreso Nacional cede a beneficio de la espresada doña Mercedes los $ 2,681 2½ reales que corresponden al Fisco por las cincuenta i nueve pipas de aguardiente que fueron decomiasdas a su esposo don Felipe Santiago del Solar, el año de 1820, sin que esta gracia pueda servir de ejemplo para casos de igual naturaleza.
Dios guarde a V. E. —Santiago, Agosto 24 de 1840. A S. E. el ▼Presidente de la República.