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SESION DE 19 DE JULIO DE 1841

Dolores Maturana, en demanda de que se le devuelva la que presentó el año pasado. (Anexo núm. 34.6. V. sesion del 17 de Agosto de 1840.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Que la Comision de Gobierno informe sobre el proyecto de lei de pesos i medidas. ( V. sesion del 28.)
  2. Que la de Lejislacion informe sobre el proyecto de lei que autoriza al Gobierno para modificar i derOgar las leyes que reglan las relaciones comerciales entre Chile i Mendoza. ( V. sesion del 2 de Agosto venidero.)
  3. Devolver su solicitud a doña Dolores Maturana. (V. sesion del 2 de Agosto venidero.)
  4. Aprobar el proyecto de lei que aclara la intelijencia del artículo 6 o de la lei de alcabalas. ( V. sesion del 29 de Setiembre de 841.)
  5. Dejar pendiente la discusion de la contestacion al discurso del Presidente de la República. ( V. sesiones del 12 i del 23.)

ACTA

SESION DEL 19 DE JULIO DE 1841

Se abrió con los señores Cerda, Covarrúbias, Concha, Cobo, Correa, Echeñique, Eyzaguiire don Domingo, Eyzaguirre don Ignacio, Fierro, Gana, Huidobro, Irarrázaval, Larrain, López, Palacios don Juan Manuel, Palazuelos, Pérez, Plata, Prado, Prieto, Reyes don Ignacio, Renjifo, Rozas Urrutia, Solar, Várgas, Velásquez, Vial don Antonio, Vial don Ramón, Vicuña, Vidal i Arístegui.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyó el informe de la Comision de Peticiones en la solicitud de don Ramón Varas, i a consecuencia de su calificacion, se remitió a la Comision de Hacienda para que abra dictámen.

Se procedió a discutir el artículo 2.° del proyecto declaratorio de la lei de alcabalas; el señor Renjifo espuso que el tenor del artículo en discusion no se hallaba en consonancia con el contexto del primero, aprobado en la sesion anterior, i que debía redactarse de otro modo sin alterar su sustancia. El señor Irarrázaval indicó con este motivo que, a su juicio, esto deberia hacerse con el primero que no estaba concebido en el lenguaje legal; varios señores Diputados apoyaron esta indicacion i se acordó que, ínterin se suspendía la sesion, se presentase un nuevo artículo.

A segunda hora, se leyeron dos Mensajes del Presidente de la República acompañando el proyecto de lei sobre arreglo de pesos i medidas, i pidiendo autorizacion para modificar o suspender las leyes que reglan las relaciones comerciales con la provincia de Mendoza; el primero pasó a la Comision de Gobierno i el segundo a la de Lejislacion.

Doña Dolores Maturana pidió se le devolviese un espediente que presentó el año anterior para obtener una pension, i se le mandó entregar.

En seguida, se leyó el artículo nuevamente redactado por la Comision, i se aprobó por unanimidad; se desechó el segundo por creerse ya innecesario, i quedó el proyecto con un solo artículo en los términos siguientes:

"artículo único. Se declara que el cinco por ciento con que están gravadas por el artículo 6.° de la lei de 17 de Marzo de 1835, las fundaciones de censos para capellanías eclesiásticas o laicales, o cualquier otro objeto, es el único derecho que ha debido cobrarse i en lo sucesivo se cobrará a los capitales que, desde la promulgacion de la lei, se hubiesen impuesto o despues se impusiesen con los espresados fines."

Por último, se puso a discusion la contestacion al Mensaje del Presidente de la República en la apertura del Congreso; pero, habiendo quedado incompleta la Sala por haberse ausentado un señor Diputado, se levantó la sesion, quedando en tabla este mismo asunto i demás pendientes.— Eyzaguirre.— José Miguel Arístegui, diputado-secretario.

ANEXOS

Núm. 342

La Comision de Peticiones opina que corresponde a la Cámara el conocimiento de la gracia que pide el ciudadano don Ramón Varas.

Sala de la Comision.— Julio 19 de 1841.— Miguel del Fierro.— Juan de Dios Correa de Saa.Anjel Maria Prieto.

Núm. 343

Conciudadanos del Senado i de la Cámara de Diputados:

Conociendo los graves inconvenientes que se esperimentan en el jiro mercantil interior, por la falta de regularidad en el sistema de los pesos