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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXVI (1839).djvu/65

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CÁMARA DE SENADORES

ga de los doce mil pesos asignados en el artículo anterior, la Tesoreiú Jeneral contribuirá a cada uno de los tres hijos agraciados, por via de alimentos, la cantidad de trescientos pesos anuales.

Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Diputados. -Santiago, Octubre 17 de 1837. -Domingo Frutos. José Santiago Montt, diputado secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 42

La Comision de Gobierno ha visto i encuentra conformes a la lei los documentos que presenta el solicitante para obtener carta de naturaleza, i es de sentir que el Senado acceda a su solicitud. -Santiago, Junio 21 de 1839. Andrés Bello. —J. M. Ortúzar.


Núm. 43

La Comision de Lejislacion ha examinado el anterior proyecto de lei, i cree que debe aprobarse por el Senado; i hará presentes, al tiempo de la discusion, las observaciones particulares que le ha sujerido su contexto. —Santiago, Julio 1.º de 1839. Vial, Mariano Egaña Fabres.


Núm. 44

S. J. L:

D. J. Silvestre Pérez, albacea testamentario de la finada doña Cármen Garai, ante V. S. como mas haya lugar en derecho espongo: que tengo que entablar una solicitud ante el Supremo Gobierno en favor de una nieta de la finada, i para ello debo acreditar el cargo de tal albacea, en cuya virtud a V. S. suplico se digne mandar que el escribano don Ramon R. de Rebolleda, ante quien fué otorgado el espresado testamento, certifique a continuacion si efectivamente soi tal albacea testamentario; advirtiendo que pido este certificado i no un testimonio, 1.º por ahorrar el gasto de dicho testimonio; i 2.º porque no hai contraparte en la solicitud que pienso entablar reducida únicamente a implorar la clemencia del Supremo Gobierno en favor de la nieta de la finada, que ha quedado huerfana i desvalida. Es justicia, etc. —J. Silvestre Pérez.


Santiago, Julio 27 de 1838. —Como se pide. —(Hai una rúbrica.)


En el mismo dia notifiqué el decreto anterior a don José Silvestre Pérez. —Doi fe. —Rebolleda


Núm 45

Certifico que, por testamento que otorgó ante mí doña Cármen Garai i Otaño a ocho dias del presente mes de Julio del corriente año, nombró por su albacea i tenedor de bienes a don Silvestre Pérez i también por tutor i curador de su hija nieta María de Loreto, a quien instituyó por su heredera universal. I para que así conste en virtud de lo mandado doi el presente en Santiago, Julio veintisiete de mil ochocientos treinta i ocho años. —Ramon Ruiz de Rebolleda, escribano público.


Núm. 46

Certifico i doi fé la que en derecho se requiere, como en el libro segundo de los de este panteon jeneral de Santiago de Chile, en que se anotan las partidas de todos los que fallecen en los cinco curatos de esta ciudad, a fs. 81 se encuentra una que copiada a la letra es su tenor el siguiente:

"En trece dias del mes de Julio de este presente año de mil ochocientos treinta i ocho, fué sepultado el cadáver de doña Cármen Garai, natural de esta capital de Santiago de Chile, de sesenta años de edad, viuda de don José Lagunas. Recibió los santos sacramentos. Testó ante don Ramon Ruiz de Rebolleda. Tercera de San Francisco. Falleció en el curato de Santa Ana; de que doi fe." -Núñez. —Coros. (Firma de los dos capellanes.)

Concuerda con su orijinal al que en lo necesario me refiero; i para que conste a efectos que convengan, doi el presente a pedimento de parte, en el antedicho panteon jeneral, a veintiséis dias del mes de Julio de mil ochocientos treinta i ocho años. Doi fé. —Manuel Núñez.


Núm. 47

Excmo. Señor:

Don José Silvestre Pérez, albacea de doña Cármen Garai i tutor de su nieta doña María de Loreto, como lo acredita el adjunto certificado que, con la solemnidad debida, presento, a V. E. reverentemente espongo: que, por el fallecimiento de la espresada doña Cármen, ha quedado su desgraciada nieta huérfana sin auxilio ni proteccion alguna i en la tierna edad de ocho años. Pero, aun hai otro objeto mas digno de la compasion de V. E. i acreedor a su paternal bondad. Este es don Buenaventura Lagunas, hijo lejítimo de la misma doña Cármen i que en la desgraciada época de la dominacion española fué atado al pié de la horca en que los tiranos sacrificaron a los ilustres ciudadanos Hernán