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CÁMARA DE SENADORES
CÁMARA DE SENADORES
SESION 30 ESTRAORDINARIA, EN 1.° DE FEBRERO DE 1837[1]
PRESIDENCIA DE DON DIEGO ANTONIO ELIZONDO


SUMARIO. —Cuenta. —Lei del estado de sitio i facultades estraordinarias. —Clausura de las sesiones estraordinarias. —Anexos.


CUENTA

Se da cuenta:

  1. De un oficio por el cual el Presidente de la República clausura las sesiones estraordinarias. (Anexo núm. 319)
  2. De otro por el cual la Cámara de Diputados devuelve aprobado el proyecto de lei que declara la República en estado de sitio i otorga al Gobierno autorizacion para usar de toda la suma del poder público. (Anexo núm. 320.)
  3. De otro oficio por el cual la misma Cámara comunica haber aceptado la modificacion hecha por el Senado al artículo 2.° de la lei que adiciona la de reconocimiento de la deuda interior. (Anexo núm. 321.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Comunicar al Gobierno la lei de estado de sitio i facultades estraordinarias. (Anexo núm. 322. V. la sesion del 27 de Enero de 1837 i la del Congreso Nacional en 1.° de Junio de 1839.)
  2. Clausurar las sesiones. (Anexo núm. 323.)

ANEXOS

Núm. 319 [2]

Conciudadanos del Senado i de la Cámara de Diputados:

Habiendo cesado los motivos que me obligaron a reuniros en sesiones estraordinarias, he determinado cerrarlas.

Al poner este acuerdo en vuestra noticia, debo



  1. No se ha encontrado en los archivos el acta de la presente sesion; se la ha reconstituido en vista de los documentos anexos. —(Nota del Recopilador.)
  2. Este Mensaje ha sido trascrito de El Araucano, número 335, correspondiente al 3 de Febrero de 1837. —(Nota del Recopilador.)