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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXV (1836-1838).djvu/443

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SESION DE 22 DE DICIEMBRE DE 1837

los límites de la justificacion propia, hacinando en un alegato cuanto pudiera herir el amor propio de nuestra Patria i la rectitud i sana política de nuestro Gobierno; i no juzgó a propósito fijar su tribuna en el territorio chileno, sino en Arequipa, donde cada injuria había de ser galardonada con un aplauso; ni presentarse en la arena con el escudo de su conciencia, sino bajo la éjida del Jeneral Santa Cruz; hecha en Arequipa en 20 de Enero de 1838.

Estas circunstancias de la portada no parecen fruto de un momento de irreflexion, sino una combinacion determinadamente calculada para formar un abreviadísimo compendio de cuanto encierra de odioso el folleto de Paucarpata; i para rebelar contra él, con la mas lacónica proclama, todo sentimiento de nobleza i patriotismo. Este efecto se ha palpado en Chile; las prensas del Protector han multiplicado los ejemplares de este escrito con la profusion que era de esperarse i entre nosotros no ha faltado uno que otro propagador que ha llenado del modo mas satisfactorio el encargo de distribuirlos a las personas a quienes venían rotulados; pero un sentimiento de vergüenza mui honorífico a los chilenos, i que se presenta como obra de una confabulacion universal ha hecho que cada uno borre su nombre escrito en la cubierta del cuaderno. No hemos visto un solo ejemplar que desmienta esta observacion, entre varios que han pasado por nuestras manos.

La obra que el Ministro Irisarri publica bajo el referido título puede dividirse en tres puntos cardinales:

  1. Prueba de que los negociadores estaban autorizados para celebrar el tratado de Paucarpata;
  2. Defensa del tratado;
  3. Defensa de la conducta militar del Jeneral Blanco.

Está precedida de una advertencia en que el autor declara el objeto de su escrito; i en que ya se descubre la ponzoña que a manos llenas se derrama despues; i está seguida de un apéndice que contiene varios documentos relativos a la mision diplomática de Irisarri, a la negociacion misma i a la desaprobacion decretada por el Gobierno.

Seguiremos en nuestra refutacion el mismo órden que se observa en las tres cuestiones de la defensa, aunque por lo que hace a la última, es decir, a la conducta militar del Jeneral en Jefe, nos limitaremos cuanto sea posible a lo que aparezca como estrictamente necesario para el esclarecimiento de las otras dos.

La primera parte de este escrito estriba en el artículo 5.º de las instrucciones dadas a los Plenipotenciarios, que está concebida en estos términos.

"Si por algún motivo, que no es fácil prever, se vieren VV.SS. en la necesidad de estipular con el enemigo alguna cosa que exceda de las instrucciones, o las contraríe en materia importante, exije la buena fé que VV.SS. lo hagan presente a la persona o personas con quienes tratasen, de manera que se reserve al Gobierno una plena libertad para ratificarlo o nó, segun lo juzgare conveniente."

De aquí deduce Irisarri que, en los casos no previstos, no tenían los Plenipotenciarios mas regla de operaciones que su propia prudencia, i que todo les era lícito, ménos ofender en manera alguna los derechos de Chile, prohibicion que no la hacían las instrucciones sino la esencia de la comision. Establecer este principio es dar el ensanche mas monstruoso a las facultades de los negociadores. ¿Pudieron creer ellos, ni puede creerlo ningun hombre racional, que el Gobierno de Chile abandonase todas sus facultades o todos los intereses de la República a los consejos de la prudencia de los apoderados, i en vez de procuradores de nuestros derechos los hiciese árbitros de ellos? Si por algun motivo que no es fácil prever, dicen las instrucciones; i nosotros preguntaremos: ¿hai en la campaña de los tres meses algo que no hubiese sido fácil de prever? Demos de barato que esa campaña fué tan desastrosa i tan aciaga como aparece en las relaciones de los defensores de Paucarpata. Todos los supuestos desastres están reducidos a la enemistad de los pueblos, a la escasez de subsistencia i a la superioridad de la fuerza de Santa Cruz.

Ninguna de estas circunstancias está fuera de los cálculos de la penetracion humana para suponerlas difíciles de prever. No se necesitaban profundos conocimientos de política ni intrincadas combinaciones para prevenir estos casos, que aunque no han ocurrido realmente, no están comprendidos entre los raros fenómenos que la razon no alcanza a presajiar. I esta reflexion aumenta de vigor si se considera que la opinion de una ciudad, i la mas comprometida con el usurpador, no puede tomarse por la opinion del Perú, i que la posesion de un pequeño territorio ofrece siempre dificultades para la adquisicion de recursos.

Léjos de ser difícil prever estos contratiempos, fué fácil i mui fácil; i siéndolo, claro es que el Gobierno no los consideró suficientes para aplicar el artículo 5.º de las instrucciones, que habla solo de los motivos que no es fácil prever. Irisarri, para acomodar las órdenes del Gobierno a sus deseos i a su conducta, cambia la frase no es fácil prever en no previstos; i deduce de aquí que en los casos no previstos estaba autorizado para todo. Casos no previstos, hablando como desea el negociador de Paucarpata, son todos los que pueden ocurrir, porque no hai suceso alguno que no corresponda en todas sus circunstancias a la prevision del hombre. Pero el Gobierno no ha hablado de los casos no previstos, sino de los casos difíciles de prever, i cuando los antecedentes del tratado no están comprendidos entre ellos, no hai duda que el Gobierno no los incluyó entre