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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXIII (1843).djvu/172

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CÁMARA DE SENADORES


ACTA

SESION DEL 24 DE MAYO DE 1843

Asistieron los señores Irarrázaval, Bello, Cavareda, Egaña, Solar i Vial del Rio.

Aprobada el acta de la sesión anterior se dió cuenta de un oficio del Presidente de la República en que acompañando los antecedentes respectivos, ocurre a la Comision Conservadora para que concurra con su acuerdo a la destitucion del guarda mayor del Resguardo del puerto de Huasco, don Pedro Martínez. Instruida la Sala del contenido de dichos antecedentes, acordó por unanimidad se contestara al Presidente de la República en la forma que sigue: que la Comision Conservadora no reputa al guarda mayor del Resguardo del Huasco uno de aquellos empleados superiores o jefes de oficina de que habla la parte 10.° del artículo 82 de la Constitucion; pero que en caso de que Martínez debiese contarse en ese número, convendria desde luego la Comision por el mérito de los documentos acompañados, en aprobar su destitucion.

En seguida se informó a la Sala que los Intendentes de las provincias de Santiago, Talca i Valdivia, no habian remitido aun las listas de los individuos calificados en sus respectivas provincias, a pesar de habérseles oficiado al efecto: que el primero, aunque dice en su contestacion de 19 de Abril pasado, acompañar dichas listas, sólo incluye un resúmen o estracto de ellas; que el segundo asegura haberlas enviado, pero no obstante no se han pasado a la Comision Conservadora; i que del tercero no se ha recibido contestacion alguna. En vista de esta relacion la Sala acordó se dirijiese un oficio al Presidente de la República notificándole que por parte de los tres Intendentes nombrados no se ha dado el debido cumplimiento al artículo 35 de la lei de elecciones, i solicitando de él tome las medidas coactivas que fueren necesarias respecto del Intendente de Valdivia, sin perjuicio de pasarse a los otios dos intendentes un segundo oficio para recabar de ellos remitan las listas antedichas con arreglo a la leí. En este estado se levantó la sesion. —IRARRÁZAVAL.


ANEXOS

Núm. 24

Adjunto remito a V. E. cuatro oficios que bajo los números 110, 118, 123 i 161 ha dirijido al Gobierno el Intendente de Coquimbo para dar cuenta de las rencillas permanentes que existen entre el Ministro de Aduana i el guarda mayor del Resguardo del puerto de Huasco.

Un lijero exámen de la esposicion del Intendente i de los documentos acompañados, descubre que la conducta del guarda mayor don Pedro Martínez no sólo está sindicada de actos reprensibles de insubordinacion respecto de su inmediato jefe, sino de otras feas notas que le inhabilitan para continuar desempeñando el destino que ejerce, porque la falta de celo, ai descuido de sus deberes, se agrega la poca delicadeza en sus relaciones privadas con descrédito i mengua de la nacion que lo emplea i seguramente con oetrimento de los intereses fiscales puestos a su cargo.

Esta conviccion me habria obligado a destituir al delincuente, si no considerase que invistiendo el carácter de jefe de oficina como comandante del Resguardo del Huasco, necesito la aquiescencia de la Comision Conservadora en el receso del Senado, para proceder constitucionalmente a este acto de justicia; cuyo efecto inmediato será producir mejora en el servicio, al mismo tiempo que presente un ejemplo de saludable escarmiento.

Espero pues, que V. E, sometiendo al honorable cuerpo que preside los documentos citados, se dignará participarme a la mayor brevedad si la Comision Conservadora estima justo i arreglado el juicio que el Gobierno forma sobre este asunto i conviene en darle su aprobacion para destituir al guarda mayor Martínez, ya que la naturaleza de la falta que éste ha cometido, sin atenuar su gravedad, hace mui incierto el éxito de un proceso supuesto el caso que prefiriese recurrir a tal medio para imponerle condigno castigo.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Mayo 16 de 1843. —Manuel Bulnes. —Manuel Renjifo. —A S. E. el Presidente de la Comision Conservadora.


Núm. 25

En observacion del artículo 35 de la lei de elecciones, acompaño a V. E. las listas autorizadas de todos los ciudadanos electores últimamente calificados en esta provincia, cuyo número asciende a 7,910 en la forma siguiente: 5,571 del departamento de Santiago, 1,142 del de Rancagua, 693 del de Melipilla i 504 del de Victoria.

De los 15,000 boletos de calificacion de que acusé recibo en oficio número 189 de i.° de Diciembre próximo pasado, dirijido a V. E. por conducto del Ministerio del Interior, devuelvo 7,159 con el estado adjunto, en el que V. E. notará: i.° el exceso de 61 boletos de Santiago i 12 de Victoria que resultó de la prolija cuenta que se hizo con posterioridad al recibo; i 2.° la falta de 4 boletos de Rancagua de los cuales se estraviaron 2 en San Pedro i los restantes fueron distribuidos en la ciudad cabecera por orden