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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXIII (1843).djvu/370

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CÁMARA DE SENADORES

dibuto. —Ante mí, José Eduardo Badilla, Escribano Público.


Núm. 150

En la ciudad de Concepción i en ocho de Octubre de mil ochocientos cuarenta i dos, ante mí el Escribano juró conforme a derecho don Manuel Benavente, i habiendo prometido decir verdad, fué interrogado al tenor del precedente interrogatorio, i dijo:

A la 1.ª Que conoce al señor don Ramón Freire i que tiene noticia de los buenos servicios, i que no le comprenden las jenerales de la lei. I responde.

A la 2.ª Que es cierto i consta todo su contenido.

A la 3.ª Que es efectivo se nombró al señor Capitán Jeneral don Ramon Freire por comandante de las lanchas cañoneras en la época que se refiere; pero que no recuerda hubiere tomado a los buques españoles Antinomo i Palafó.

A la 4.ª Que es cierto i le consta todo lo contenido en ella.

A la 5.ª Que igualmente le consta que comandando el señor Freire las lanchas cañoneras, apresó en la bahia de Talcahuano a la fragata Tomas de la propiedad de don Javier Manzanos de este comercio, cuyo buque traia a su bordo muchos oficiales pertenecientes al ejército español, municiones de guerra, vestuarios, i cincuenta mil pesos en efectivo, que el mismo declarante los contó i entregó en esa Tesorería, por comision de su hermano don Diego, quien fué el conductor desde el puerto de esta ciudad; que con respecto a la libranza de que se trata en esta pregunta, nada sabe ni oyó decir.

A la 6ª Que nada sabe pero que ha oido decir de don Juan José Manzanos, que estando a inmediacion del señor Freire en Talca, él mismo tuvo como en depósito cuatro tejos de oro, quitados a un oficial español, i los que se remitieron despues a Santiago por el conducto de los señores don Domingo Binimelis i don José Prieto.

A la 7.ª Que se refiere a lo que anteriormente tiene dicho.

A la 8.ª Que nada mas sabe ni le consta sobre estos particulares: que lo espuesto es la verdad en que se afirmó i ratificó, siésdole leida su declaracion: su edad, mayor de cuarenta años: i firmó de que doi fe. —J. Manuel Benavente. —Ante mí, José Eduardo Badilla, Escribano Público.


Núm. 151

En la ciudad de Concepcion, i en diez de Octiembre de mil ochocientos cuarenta i dos, ante mí juró conforme a derecho don Gaspar del Pozo, de esta vecindad, i prometió decir verdad de lo que supiere i le fuere preguntado, i siéndolo al tenor del interrogatorio precedente, dijo:

A la Iª, que conoce al señor Capitan Jeneral don Ramon Freire; que tiene noticia de sus servicios que ha prestado al pais; i que no le tocan las jenerales de la lei.

A la 2.ª, que la ignora.

A la 3.ª, que tambien la ignora.

A la 4.ª, que no la sabe porque en la época que se espresa vivia el declarante en Talca, i era mui joven.

A la 5ª, que solamente oyó decir al señor Conmenares en Talca, el suceso de haber sido tomado por las tropas chilenas en la bahía de Talcahuano con otros oficiales, cuyas tropas comandaba el señor don Ramon Freire, quien dijo le había tratado mui bien; lo demás ignora.

A la 6.ª, que habiendo el declarante emigrado de Chillan para Talca en la época que refiere la pregunta, vió que efectivamente sucedió todo lo que en ella se espiesa; que vió lasbairas de oro, i que se pesaron por mano del declarante en Talca, en la tienda de su hermano don José Manuel del Pozo; pero que no supo con certidumbre o fijeza lo que valían, mas, le calculaban todos como de cincuenta mil pesos mas o ménos. I responde.

A la 7.ª, que oyó decir su contenido.

A la 8.ª, que de público i notorio sabe, que en seguida de la victoria ántes referida, pasó el señor Freire a Chillan, en donde lo trató i conoció, i habiendo tomado a esta ciudad, pasó con sus tropas para la acción de Curapaligüe, en donde obtuvo otro triunfo. Qae lo dicho es la verdad, en que se afirmó i ratificó, siéndole leida su declaracion; dijo ser de mas de cuarenta años de edad, i firmó, de que doi fe. —Gaspar del Pozo. —Ante mí, José Eduardo Badilla.


Núm. 152

En la ciudad de Concepcion, i en cuatro de Noviembre de mil ochocientos cuarenta i dos, don Félix Antonio Novoa, de esta vecindad, a quien conozco, ante mí el infrascrito escribano, juró conforme a derecho, i prometió decir verdad de lo que supiere i le fuere preguntado, i siéndolo al tenor del interrogatorio precedente, dijo:

A la 1.ª, que conoce a la parte porque se le presenta; que no le tocan las jenerales de la lei. i que por los acontecimientos a que se refiere esta pregunta, los dirá cuando se le hagan presente.

A la 2.ª, que le consta todo el contenido de la pregunta, porque en esos tiempos militaba en el ejército patrio.

A la 3.ª, que por haber sido uno de los ofi