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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXII (1843).djvu/183

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SESION EN 26 DE JUNIO DE 1843

rió una gran parte de ellos. Los otros quedaron en un estado de enfermedad i consuncion tan terrible, que al fin movió a compasion. Se agráció i puso en libertad a 26. De éstos murieron todavía algunos pocos despues de haber sido libertados, i los que sobrevivieron parece que deberían haber quedado no solo convertidos, sino también de tal modo aterrados por los suplicios sufridos, que jamas habria sido posible que se espusiesen a ellos de nuevo. I sin embargo de estos 26, de los cuales apénas restaban 20, catorce, es decir las dos terceras partes, volvieron a delinquir i a ser conducidos poco tiempo despues a la misma prision, donde se les habia tratado con tanta dureza. "Tan cierto es, esclama el escritor citado, que los tormentos no corrijen i que es imposible que hombres vicio sos no continúen obrando mal, cuando se les arroja a la sociedad, sin proporcionarles medios para vivir honradamente".

En Inglaterra se ha observado también que los que con mas frecuencia reinciden, son los que han estado sujetos a la pena del látigo. I en todas las cárceles, sin escepcion, desde el momento que se han adoptado los golpes por castigo, se ha disminuido considerablemente el producto del trabajo.


Uno de los objetos que con mas preferencia deben atenderse, así en la construccion como en la administracion de las prisiones, es la salud de los detenidos. Por esto, ante todas cosas, el lugar en que se construya la penitenciaría debe ser sano, gozar de buenos aires, i no hallarse a inmediaciones de sitios pantanosos. Convendría también que se plantasen alamedas en su circunferencia, ya que en lo interior la presencia de árboles en los patios perjudicaría a la inspeccion, según el plan del edificio, que en otro artículo pensamos proponer. En la intelijencia, pues, de que la salubridad de la cárcel se halle asegurada por su situación i disposicion, examinaremos los medios de mantener esa salubridad con el ausilio de un conveniente réjimen. Es el primer requisito la limpieza. Inmediatamente que un reo fuese conducido a la prisión deberia examinársele por el médico de ella, para evitar que, trayendo alguna enfermedad contajiosa, inficionase a los demás. En seguida convendria hacerle bañar i cortar el pelo, dejar el vestido con que viniese, el cual despues de lavado, se le guardaría bajo un exacto inventario hasta el tiempo de su salida, i darle otro, uniforme para todos los reos de la casa. En lo sucesivo, la ropa interior deberia hacérseles mudar cada ocho dias, verificándose lo mismo, siempre que fuese necesario, con los paños de sus camas. Diariamente habrian de obligárseles desde el momento en que saliesen de sus celdas, a lavarse manos i cara en fuentes o depósitos de agua corriente, dispuestos para este efecto en los patios de la prision, a lavar por sí mismos sus vasos i a sacudir i acomodar sus lechos. Convendria también que se les impusiese la obligacion de barrer por turno, dia a dia todos los patios, talleres i corredores. Este método, observado con rigor i constancia, ademas de mantener la salubridad de la cárcel, produciría la inmensa ventaja de ir insensiblemente habituando a los reos al aseo, i de hacerles percibir prácticamente el bien que resulta de no vivir siempre en medio del fango i la inmundicia, en que por lo jeneral vejetan entre nosotros sepultadas las clases inferiores del pueblo.

El baño no debera únicamente limitarse al que ha de hacerse tomar los presos para su limpieza, al tiempo de entrar en la penitenciaría. En el verano fuera conveniente hacérselos repetir por lo ménos una vez en la semana. Este uso no sólo es favorable por lo que propende a la salud, lo es en alto grado por la distraccion inocente i el ejercicio que procura. Pero ha de evitarse con el mayor cuidado el que se bañen juntos como se practica en algunas prisiones. El uso de cortarles el pelo debiera también continuar cada dos meses.

Como segundo medio indispensable para prevenir las enfermedades se nos presenta el ejercicio el cual ha sido llamado justamento el padre de la salud. La imposibilidad de hacerlo, es uno de los madores inconvenientes que presenta el perpetuo aislamiento. Encerrado el delincuente en una estrecha celda en donde apénas cabe el lecho i algún otro mueble, sus miembros han de estar en la mas completa inaccion.

Hemos acusado en nuestro primer artículo a este sistema de ser ineficaz para la enmienda de los que lo sufren. En obsequio a la justicia debemos añadir en este lugar que él es el mas terrible enemigo de la conservacion tanto física como moral de sus víctimas. La inmovilidad en que las constituye, debilita tanto sus cuerpos, que por una observacion jeneral los desdichados que lo han padecido algún tiempo rarísima vez escapan de la mas lijera enfermedad. Al aniquilamiento físico, bien pronto sigue el aniquilamiento mental. Sus mas acérrimos partidarios confiesan la estrema propensión que tiende a privar del juicio a los reos, particularmente a los que son de un carácter vivo e impetuoso; sus postreros e infalibles resultados son las afecciones pulmonares que han llegado a tal exceso en algunas prisiones que de 64 reos fallecidos en 1825 a 1832 los 39 han muerto de ellas. Sobre todo los que llegan con alguna propensión a esta enfermedad sucumben a ella en brevísimo tiempo. Lo cual no debe estrañarse, si se repara que a la falta de ejercicio, se agrega en este jénero de reclusion la grave dificultad de impedir la corrupcion del aire en una celda sumamente estrecha, incesantemente habitada, i a la cual es casi imposible proporcionar una buena ventilacion.

El sistema que hemos propuesto nosotros esta bien léjos de adolecer de semejantes inconve