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SESION EN 1.º DE SETIEMBRE DE 1843

a los gastos secretos; concluyó insistiendo en la aprobacion de la partida tal cual está en el Presupuesto.

El señor Palazuelos convino en que se aprobase la partida con la condicion que de esta suma sabese la dotacion de personas encargadas de observar la conducta de los ajentes del Ejecutivo en las provincias; para lo cual dijo que bastaba un encargo al Gobierno, cuyo encargo era de presumir se cumpliese fielmente.

Se procedió a votacion i fué aprobado este ítem con un voto por la negativa.

Se puso en segunda discusion la partida 20.

El señor Rozas Mendiburu preguntó que por qué razon daba el Gobierno $300 a la Municipalidad; que en qué se fundaba esa obligacion.

El señor Cerda espuso las razones que habian para ello; dijo que esta partida habia sufrido largas discusiones en el Senado los dos años anteriores, pero que la Cámara de Diputados la había aprobado siempre, fundada en una justa compensacion que debe el Fisco a la Municipalidad por ciertas piezas del Ministerio de Guerra i del Interior, piezas de que estaba en posesion la Municipalidad, i de las que sacaria provecho, si no se hubieran ocupado por el Gobierno; concluyó diciendo que no habia para qué averiguar si la casa pertenecía o no al Cabildo, sino quién estaba en posesion de ella, i que siendo así debia darse a la Municipalidad una suma de que sacaba gran provecho, miéntras que era insignificante para el Fisco. Se procedió a votacion, i fué aprobado este ítem con un voto por la negativa.

Se puso en segunda discusion la partida 21 i fué igualmente aprobada, despues de una lijera discusion en que hablaron los señores Toro, Palazuelos, Renjifo e Irarrázaval, los dos primeros oponiéndose a la aprobacion de la partida por creerla inoportuna, i los dos últimos apoyándola.

Se suspendió la sesion.

A segunda hora fué aprobada la partida 22 i última del presupuesto del Interior i Relaciones Esteriores. Despues de una lijera discusion, se redactó en estos términos: Para gastos estraordinarios e imprevistos, $25,000.

Continuó inmediatamente la discusion pendiente en la sesion anterior, sobre el proyecto de lei pasado por el Ejecutivo para que se le autorice para transar con la viuda de don Francisco Ramírez.

El señor Cobo que fué quien pidió datos en la sesion anterior, despues de tener estos, dijo que convenia en la necesidad de la transaccion, por ser dudoso el éxito del pleito.

Se procedió a votacion i fué aprobado en jeneral este proyecto.

Acto continuo se discutió en particular el proyecto de lei pasado por el Ejecutivo sobre la nueva provincia de Atacama.

El primer artículo fué aprobado con la siguiente agregacion propuesta por el señor Vila: que en lo sucesivo tendrá el título de ciudad.

Se leyó el artículo 2.º

El señor Irarrázaval espuso que para fijar esos sueldos, el Gobierno no tanto habia tenido presente los trabajos de esos empleados, cuanto la carestía de los alimentos i demas especies en aquella provincia; que hablando últimamente con el Administrador de Aduana sobre este particular, le habia consultado i habia convenido con él en que seria imposible dar menor dotacion a esos empleados.

El señor Cerda fué de opinion que donde dice un ajente fiscal, se agregase del crímen i de hacienda; i dijo que hacia esta observacion porque ya otras veces habia sucedido que habiéndose espresado solamente ajente fiscal, este se habia creido dispensado de defender las causas de la hacienda. En conclusion, dijo que para no verse en la precision de dar un sobresueldo era necesario hacer una agregacion.

El señor Montt juzgó perjudicial la agregacion porque no se encontraria quién quisiese desempeñar todas esas funciones por $1,200, pues era recargar mucho las ocupaciones del secretario, pesadas de por sí; que de este modo las causas de hacienda serian mal servidas, i sobre todo que estas tenían sus defensores i no habia para qué hacer la adicion.

El señor Cerda dijo que el defensor de las causas de hacienda era el Administrador de la Aduana, que regularmente se hallaba en el puerto; que por este motivo se retardaban mucho los juicios, al mismo tiempo que por las continuas consultas que para no errar, tiene que hacer al fiscal de hacienda, quien por otra parte podía asistir a las juntas provinciales de hacienda, en las que era indispensable su presencia.

El señor Irarrázaval dijo que no seria posible encontrar un abogado con conocimientos que quisiera hacerse cargo de un destino tan pesado por 1,200 pesos i si se ponia en manos de una persona poco conocedora en la profesion, se iban a ccmprometer los intereses del Fisco.

El señor Cerda dijo que no todas las causas de hacienda se iban a confiar al ajente fiscal i que no le parecía difícil encontrar en Copiapó i aun en Santiago una persona que se quisiera hacer cargo de la secretaría.

El señor Renjifo no creyó oportuno tratar de esta cuestion cuando se trataba de una medida gubernativa.

El señor Vial (don Manuel Camilo) fué de opinion que los males que iban a producir la medida propuesta eran mayores que los que se trataban de evitar, pues que desde el momento en que el secretario se hiciese cargo de defender las causas de hacienda, el administrador de aduana que desde mucho tiempo trataba de desprenderse de esta obhgacion, la desatendería enteramente ahora, i no era posible que un secre