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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXII (1843).djvu/434

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CÁMARA DE DIPUTADOS

díamos asegurar lo que sucederia mañana, i respecto a lo espuesto por el señor Ministro que bastaria una voz que se levantase en la Cámara para examinar el proyecto despues de concluido, dijo, que ni la mitad de la Cámara que levantase la voz, bastaria para remediar el mal una vez cometido; que los hechos demostraban esta verdad, i que cuando se había sentado que los bienes que produce la actual ordenanza de aduanas, eran resultado de la autorizacion, se incurría en un error; que se interrogase al autorde la nueva ordenanza sobre el particular i se veria que los males que produjo el réjimen anterior, no los ha podido remediar. Concluyó opinando porque la Cámara desaprobase el proyecto hasta que el Gobierno lo publicase, si no en su totalidad, sus bases principales al ménos; por ejemplo, dígase: El Gobierno no va a crear nuevos destinos, no va a establecer contribuciones, ni tampoco disposiciones penales i que so o entónces debía aprobarse el proyecto.

El señor Renjifo tomó la palabra i dijo que aunque poco podría agregar a todo lo que se habia dicho en defensa del proyecto pasado por el Gobierno, no podia ménos que lamentar la desgracia del proyecto en discusion; hizo presente a la Cámara que los mismos Diputados no habian tenido escrúpulo en conceder otros votos de confianza, en circunstancias iguales i tratándose de verdaderas contribuciones; citó como ejemplo la autorizacion concedida al ejecutivo para formar una ordenanza sobre el modo de cobrar la contribucion de serenos, autorizacion que se habia concedido sin esciúpulo i sin exijir al Gobierno, como se pretendia ahora, que diese cuenta de lo que hacia. Concluyó diciendo que la Cámara podia aprobar el proyecto sin temor de errores.

El señor Vial (don Manuel Camilo). Cuando desistí de mi indicacion, dije espresamente que no se habian destruido los fundamentos en que la apoyé. I en efecto, cómo podrian desvanecerse con el interes que se manifestó debía tomar el Gobierno en llenar debidamente esa confianza, con la mengua que debia resultarle de faltar a ella, i por úitimo con la alegacion de ser la lei demasiado estensa; pues entónces sólo estaria reservado al cuerpo lejislativo hacer lei de cuatro renglones. Mas despues de haber convenido el Ministro en admitir la idea de establecer estafetas en todos los pueblos de la República, de aumentar el número de correos en todos los lugares donde existen aquellas; después de haber convenido en disminuir el porte de la correspondencia, i sobre todo, en invertir el producto de la renta en su estension i mejora, sentó el hecho decidido de no serle posible presentar las bases. ¿I entónces qué me aconsejaba mi debei?... ¿qué estaba obligadoa hacer como Diputado? ¿convendria al pais que insistiera en sostener mi opinion, aunque fuese el resultado preciso perpetuar la mala administracion de correos que hoi existe? Nó, he preferido i debido preferir el abandono de mis ideas al bien público; i debido tambien preferir el menor mal que puede resultar de la autorizacion, al mal mayor que precisamente se seguiria dejando subsistentes los abusos i la mala ordenanza de correos que hoi está vijente.

Me he visto en la necesidad de hacer esta esposicion eu consecuencia de las alusiones que se ha hecho por mi desistimiento; i aun si se quiere que haga manifestacion de los principios que me sirven de regla en semejantes casos, diré: que estoi persuadido debe concederse toda autorizacion que sea para un objeto de poco interes o en que no se desprenda la Cámara de sus principales atribuciones, i cuando no haya el tiempo necesario para tomar los datos que son indispensables para formar un proyecto; pero creo que en los negocios de gravedad i de gran importancia, i por último, cuando no es difícil presentar las bases, debe al ménos exijirse estas. Tambien creo necesario manifestar que no he pertenecido al cuerpo lejislativo cuando se han concedido las autorizaciones que ha indicado el último señor Diputado, por consiguiente no he podido prestar mi aprobación a ellas.

Se levantó la sesion.


ANEXOS

Núm. 306

Conciudadanos del Senado i de la Cámara de Diputados:

La falta de aranceles que designen con precision los derechos que por óleos, entierros i matrimonios pueden cobrar los párrocos, ha sido hasta el dia un jérmen fecundo de graves males que es necesario apresurarse a remediar. Los que rijen al presente, ademas de no ser unos mismos en los varios curatos, son casi enteramente desconocidos del público. De esta incertidumbre proceden las frecuentes i fatales desavenencias que se deploran entre los párrocos i sus feligreses. Abasan unas veces los primeros, cobrando mas de lo que lejítimamente les corresponde, otros son los últimos los que se niegan a satisfacer aun aquellas moderadas contribuciones que en justicia se les exijen. Las personas indijentes han sido, como era natural, las que con mas frecuencia han dado oríjen a estas disputas, que no pueden ménos de ceder en perjuicio de la relijion i en grave desdoro de sus Ministros; i aunque el Gobierno ha procurado en diversas épocas, por medio de providencias parciales, poner atajo a tales desórdenes, ellos subsistirán todavía en gran número, miéntras no desaparezca la incertidumbre que acabo de indicar como su principal oríjen. Los aranceles establecidos en la Sínodo del Obispado de Santiago, únicos legales que tenemos en el dia adolecen del defecto de ser anticuados i acomo