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SESION EN 11 DE OCTUBRE DE 1843

Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyó un oficio del Presidente del Senado en que comunica haber sido aprobado en aquella Cámara el proyecto de lei propuesto por el Presidente de la República para fijar las fuerzas de tierra i mar de que debe constar el ejército permanente durante el año de 1844 i se mandó pasar a la comision militar.

Se leyeron despues dos informes de la comision de lejislacion: el uno en el proyecto propuesto por el señor Gandarillas sobre abolicion del trámite de conciliacion en los juicios mercantiles de mayor cuantía i el otro en la solicitud de la viuda del ex-coronel Vidaurre, ámbos quedaron en tabla.

Se puso despues en discusion particular el proyecto de concesion de $ 4,000 al reverendo obispo de la Serena i por acuerdo especial de la sala se decidió en dicha i única sesion paiticular quedando aprobado en los términos siguientes:

"Artículo único. Se concede por una sola vez al reverendo obispo de la Serena la cantidad de $ 4,000 con el fin de que atienda a los gastos preparatorios que necesita hacer tanto por lo relativo a su persona como a la iglesia de su diócesis para el mayor decoro de las funciones que en ella van a desempeñarse." I se mandó comunicar a la Cámara de Senadores.

Continuó en seguida la discusion paiticular del proyecto de lei sobre matrimonios de personas que profesen distinta relijion de la católica i discutidos por segunda vez los artículos 1.° i 2.° habiéndose suprimido la palabra canónicos en el 1.°, quedaron aprobados en la forma siguiente:

"Artículo primero. Los que profesando una relijion diferente de la católica quisiesen contraer matrimonio en el territorio chileno, se sujetarán a lo prevenido en las leyes chilenas sobre impedimentos, permiso de padres, abuelos o tutores, proclamas i demás requisitos pero no serán obligados a observar el rito nupcial de la Santa Iglesia Católica.

Art. 2. En lugar del rito nupcial católico bastará para contraer matrimonio en el caso de la presente lei, la presencia que a pedimento de las partes deberá prestar el párroco u otro sacerdote competentemente autorizado para hacer sus veces, hallándose ademas presentes dos testigos i declarando los contrayentes ante el dicho párroco i testigos que su ánimo es contraer matrimonio o que se reconocen el uno al otro como marido i mujer."

Se levantó la sesion a las diez i media de la noche. —Pinto.R. Renjifo.



sesion del 16 de octubre [1]

Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyó un oficio del Senado comunicando el proyecto aprobado por aquella Cámara sobre las fuerzas de tierra i mar de que debe componerse el ejército; un informe de la comision sobre la mocion del señor Gandarillas, i otro sobre la solicitud de la viuda del ex-coronel Vidaurre.

Acto continuo se puso en discusion particular el proyecto de lei recomendado por el Ejecutivo sobre la concesion de $ 4,000 al obispo de La Serena.

El señor Palazuelos tomó la palabra para insistir de nuevo en su oposicion. Dijo que su ánimo no habia sido oponerse a la concesion de $ 4,000 al obispo de La Serena; que si habia hablado i tomaba la palabra ahora era sólo con el objeto de introducir la discusión cuando se trata de dádivas a los obispos, a los sacerdotes en jeneral; hizo ver la necesidad que la lejislatura tenia a su juicio, para preguntar el objeto para que se conceden pensiones a los Ministros de la iglesia; manifestólos temores que abrigaba de que los obispos, prelados, i hablando en jeneral los hombres destinados a llevar el timon de la nave de la iglesia, continuasen no sabiendo cumplir con la mision augusta que les está confiada. Espuso en seguida su parecer acerca de la mision queestaban llamados a llenar los sacerdotes; dijo que no era suficiente que refiriesen el evanjelio, sino que era preciso se ocupasen tambien en esplicar la union que existe entre el catolicismo i la mision de la sociedad, i predicasen el espíritu del evanjelio, ese espíritu que está íntimamente ligado con la época actual, con los progresos de nuestia sociedad,i con el porvenir del mundo.

Entrando directamente a la cuestion dijo: que habia cosas mui pequeñas i que podían sin embargo producir mucho daño. Una perla por ejemplo en la mitra de un obispo, dijo, es un escándalo, un contrasentido. Esas galas, esas ricas vestiduras que tan necesarias se han considerado por algunos señores diputados, las tengo yo por injuriosas, por indignas, por infames en un ministro de Jesucristo, en un pastor humilde, cuyo ropaje ha de ser el de la caridad, el de la justicia. Cuántos concilios no ha habido en Asia, en Africa, compuestos de trescientos obispos, que no hubieran podido mantenerse si para ejercer su ministerio hubiesen exijido tanto lujo, tantas galas como exijen ahora los nuestros. Tambien hubo concilios en España, Francia e Italia, i eran desconocidas o al ménos innecesarias tanta gala, tanto lujo. Yo creo que la nación debe ahora, en obsequio de la civilización, en obsequio de los adelantos mismos de la iglesia, espurgarla de

  1. Esta sesion es tomada del periódico El Progreso correspondiente al jueves 19 de Octubre de 1843, núm. 285. —(Nota del Recopilador).