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SESION EN 27 DE NOVIEMBRE DE 1843
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 59.ª EN 27 DE NOVIEMBRE DE 1843
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO ANTONIO PINTO


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Aranceles de los cementerios. —Proyecto de lei de pesos i medidas. —Acta.


ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Aprobar en particular el proyecto de lei que autoriza al Gobierno para dictar los aranceles de los cementerios públicos. (V. sesiones del 24 de Noviembre i 22 de Diciembre de 1843).
  2. Aprobar en particular el proyecto de lei de pesos i medidas. (V. sesiones del 24 de Noviembre de 1843 i 2 de Agosto de 1847).

ACTA


Sesion del 27 de noviembre de 1843

Se abrió a las 9 de la noche con asistencia de los señores Aldunate, Arlegui, Cobo, Covarrúbias, Dávila, Donoso, Errázuriz don Javier, Errázuriz don Ramon, Gallo, Gandarillas, García Reyes, Irarrázaval, Larrain, Lastaria, Lastra, Lira, López, Necochea, Orrego, Palacios, Palma, Pérez, Pinto, Prieto, Sanfuentes, Seco, Varas, Velásquez, Vial don Manuel, Vial don Ramon, Vila, Vidal i Renjifo.

Aprobada el acta de la anterior se puso en discusion particular el proyecto de autorizacion para fijar los aranceles de los derechos de cementerios i fué aprobado por unanimidad en los términos siguientes:

Artículo único. Se autoriza al Presidente de la República para que por el término de cuatro años pueda fijar los aranceles de los derechos que han de cobrarse en los cementerios públicos.

Despues se procedió a la discusion particular del proyecto de lei de pesos i medidas nuevamente presentado por el Presidente de la República i aprobado ya por el Senado i lo fué tambien por esta Cámara quedando en la forma siguiente:

Medidas de lonjitud

Artículo primero. La base para todas las medidas así de lonjitud, como de superficie, volúmenes, áridos i líquidos será la vara que es una distancia igual a ochocientas treinta i seis milésimas partes del metro, esto es a una diez millonésima parte de un cuadrante del meridiano terrestre.