ciada pérdida del pais en la accion de Rancagua i desde ese año de 1814 hasta el de 1817 en que se restableció por el ejército que vino a las órdenes del jeneral don José de San Martin, sufrí estorciones i padecimientos de todo jénero, bastando dos donativos que se me impusieron por los enemigos Osorio i Marcó ascendientes a $ 6,000 i perseguido eficazmente tuve que abandonar mi jiro de comercio, andar fujitivo de un punto en otro sobrellevando las fatigas, ajitaciones i escaseses, consiguientes a una larga ocultacion.
Penetró en el pais i triunfó al fin el Ejército Restaurador i en calificativo de mi conducta durante la dominacion del tirano se me dió el distinguido testimonio que corre de fs. 12 a 16; luego el Director Jeneral O'Higgins me confirió de nuevo el grado de Teniente Coronel, según se ve a fs. 17, que serví con todo desinteres i puntualidad. Por otro lado se me llamó al desempeño de judicaturas en lo civil i uno de los nombramientos lo manifiesta el documento de fs. 18; asimismo desempeñé el empleo de Alcalde, de Alguacil Mayor i juez de abastos.
Finalmente el bosquejo que he manifestado de mis servicios ha sido en las circunstancias críticas de la Patria, sin miramiento alguno de compromisos, con voluntad deliberada i bastante entusiasmo sin pensionar al Erario. En el dia me hallo en el último tercio de mi vida sin poder restablecer mi fortuna desatendida, en que circunstancias i en estado de suma escasez. Qué auxilio, qué goce, qué beneficio podré obtener si no es de la nacion, de la filantropía del Gobierno, que conocedor del patriotismo con que siempre me he conducido, me dispense alguna gracia en compensativo, recomendándome al Soberano Congreso en caso de no estar en sus facultades; advirtiendo a V. E. que si hubiere algún destino análogo a mis fuerzas, desempeñaré gustoso a trueque de no gravar en un maravedí el Estado.
Por tanto,
Suplico se digne V. E. tomar en consideracion mi solicitud con los documentos que acompaño i determinar como fuere de su superior agrado.
Santiago, Agosto veinte i cinco de mil ochocientos cuarenta i uno. —José Jiménez de Guzman.
El Gobierno reconoce los importantes servicios prestados a la nacion como militar i como funcionario público por el ciudadano recurrente; pero no estando en sus facultades concederle la gracia que pretende, ocurra al Congreso Nacional que es de esperar acoja favorablemente su solicitud. Anótese i devuélvase. —Santiago, Setiembre 16 de 1841. —Irarrázaval.
Soberano señor:
Don José Jiménez de Guzmán, Teniente Coronel de Ejército, respetuosamente a V. S. me presento i digo: que en Agosto de mil ochocientos cuarenta i uno, recuirí al Supremo Gobierno, manifestando documentalmente los servicios prestados a la causa de independencia de Chile, para que considerados, se me otorgase una ocupacion análoga a mis fuerzas que auxiliase el limitado resto de mi existencia, o por gracia se me dispensase algún compensativo; mas el Supremo Gobierno aun cuando ha reconocido el fundamento de mi reclamo se creyó sin facultades para espedirse en su segunda parte, i se remite a la justificacion de los Representantes de la Soberanía nacional, según se vé de su decreto fecha dieciseis de Setiembre del citado año. Habría desistido de mi solicitud si mis débiles esfuerzos correspondiesen de algún modo a mi sosten, pero todo inutilizado, me pone en el caso (contra mis sentimientos) de bus ar el consuelo en la gratitud nacional. Al efecto, espero, se digne V. S. tomar en consideracion mi solicitud i disponer una pension alimenticia a mi favor.
Es gracia etc. —José Jimenez G.
Núm. 54
▼Comuniqué al Presidente i leí en la Cámara el oficio que me hizo V. S. la honra de dirijirme con fecha 6 del corriente escusándose de asistir a sus sesiones por el defecto de calificacion prévia. I aunque la comision de elecciones haya hecho en su informe sobre el caso idéntico de los señores ▼García i ▼Varas, la reserva de someter posteriormente sus observaciones acerca de la legalidad de la escusa en cuestion, ha resuelto sin embargo la Cámara que asistan entre tanto los señores Diputados mencionados; i el Presidente por su parte ha ordenado se cite a los que se hallen en igusles circunstancias, encargándome en particular que oficie a V. S. a este efecto con lo cual tengo el honar de cumplir, suscribiéndome de V. S. Afmo. i obediente servidor. —Santiago, Junio 21 de 1843. —▼Miguel de la Barra, Diputado Secretario. —Al señor don ▼Ramón Errázuriz, Diputado por Santiago.