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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXIV (1844).djvu/130

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CÁMARA DE DIPUTADOS

invitacion hecha por esta Cámara para que nombre una comision que reunida con la que se nombró en la de Diputados, examine los presupuestos presentados por el Gobierno, i avisa haber nombrada al efecto a los señores Benavente, Cavareda i Ortúzar.

Se leyó tambien un informe de la Comision de Justicia sobre el proyecto de establecer un tribunal de apelaciones en la provincia de Concepcion. En este informe opina la comision que debe estenderse esta lei a las provincias del norte, estableciendo otro tribunal en la Serena; i presenta, en consecuencia, un proyecto de lei que fué leido i puesto en tabla.

Se presentó una solicitud de don Pedro Trujillo, ex-Ministro Tesorero de la aduana de Valparaiso, en que pide que se le abonen los sueldos que le corresponde percibir desde el año de 1823 hasta que se le concedió la jubilacion, ó bien la mitad de ellos o una parte segun la Cámara creyere conveniente.

Pasó a la Comision de Hacienda.

Se leyó una presentacion del Presbítero don José Lucio Fuentes en que pide a la Cámara se digne tomar en consideracion con preferencia la solicitud que tiene elevada ante ella a otros asuntos, haciendo ver que si no se le concede luego la gracia que en ella pide, talvez no alcance a gozarla por hallarse ya mui próximo al sepulcro.

El señor Presidente. —Este es un pobre clerigo, señores, que se presentó en noches pasadas, quien se halla en un estado miserable. Tiene servicios públicos prestados desde el año 10; desde el 14 parece que estuvo en una prision por patriota. Despues estuvo sirviendo en el Panteon donde contrajo una enfermedad de parálisis que lo tiene inutilizado. La mayor parte de los señores Diputados lo habrán visto en noches pasadas que estuvo aquí, i recordarán que se halla en un estado verdaderamente deplorable.

El señor Toro. —Si hai una cosa que sea dolorosa en la posicion en que nos encontramos, es cuando se trata de cuestion de esta naturaleza. Poner en conflicto un corazon jeneroso que se compadece de la desgracia con la conciencia lejislativa que debe mover nuestras deliberaciones, es un lazo que se nos tiende i hace que muchas veces faltemos a nuestro deber por no dejar de conmovernos del mal que padece el aflijido. He dicho esto porque en la sesion pasada indiqué se ventilase: 1.° La cuestion de si estaba o no en las atribuciones de la Cámara el conocer de las solicitudes particulares. Miéntras esto no se resuelva, creo que es inútil se tome en consideracion lo que se acaba de leer. Como si se trata de esta materia, será preciso ventilar el derecho de que en la Cámara está en uso, entónces volveré a tomar la palabra.

El señor Presidente. —La cuestion es ahora si se da o no preferencia a este asunto, porque un artículo del reglamento dice que sean considerados, en primer lugar, los proyectos pasados por el diputados Presidente de la República; en segundo lugar, los del Senado; en tercero, los que presenten los Diputados i en cuarto los asuntos particulares.

El objeto de esta peticion es que se dé a esta solicitud una preferencia que no puede tener sin que la Cámara la conceda. (Hizo que el Secretario leyese los artículos del reglamento que hablan sobre esto). Esta es, pues la escala que por lei i por costumbre está prefijada para el conocimiento que debe tomar la Sala en los asuntos de que trate, i como no se puede variar sino con su consentimiento, es este el punto sobre que ahora se va a consultar su voluntad.

Se fijó la siguiente proposicion: "Se da preferencia o no a la solicitud del presbítero Fuentes".

Recibida la votacion resultó que sí, por mayoría de 32 votos contra 2.

A consecuencia de esta deliberacion, se consultó a la Cámara, sobre si se admitía o no a discusion esta solicitud; resultó admitida por unanimidad, habiéndose omitido el trámite de la votacion.

Pasó a Comision.

El Secretario. —Principia la discusion particular del proyecto de clasificacion de las personas del ejército permanente.

Artículo primero. En discusion.

"Art. 1.º Todos los oficiales vivos del Ejército, desde la clase de jeneral hasta la de subteniente inclusive, deben pertenecer o bien a una seccion del departamento jeneral de la fuerza de tierra, cuyo cuerpo abraza en sí la profesion de todas las armas del Ejército, o bien a un cuerpo particular dedicado al servicio de una arma determinada".


El señor Presidente. —Si a la Sala le parece, en estos artículos que son obvios i no necesitan de esclarecimiento se podrá consultar si se aprueban o no, omitiendo una votacion.

El señor Palma. —Oí decir, señor, ahora algunas noches, que hai un acuerdo de la Cámara, por el cual se disponia que cuando en la discusion de algun artículo nadie tomaba la palabra, podia darse por aprobado, sin recibir votacion. No sé en que términos esté concebido este acuerdo; pero si existe será como un artículo adicional del reglamento. Realmente parece que éste seria un buen modo de consultar a la Sala, cuando la discusion fuese mui sencilla; pero en el modo de votar que se quiere adoptar ahora, he notado que unos responden i otros no. Quisiera, pues saber los términos en que está concebida el acta de la sesion en que se hizo este acuerdo, si lo hai, pues deseo saber si exije un silencio jeneral que supla la espresion del voto. Pero yo hago presente que este modo de consultar no es conforme al reglamento, porque en esta clase de cuerpos se requiere órden, que asegure el acierto, i así no se conoce bien la voluntad de la Sala.

El Secretario. —Recuerdo señor que hubo en años anteriores como el 34 o 35, un acuerdo de