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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXIV (1844).djvu/549

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CÁMARA DE DIPUTADOS

42) el proyecto de lei desechado en la Cámara de su oríjen, no puede proponerse hasta la sesion del año siguiente; lo cual dió lugar a que dejándose en suspenso el acuerdo, volviese este negocio a la Comision de Lejislacion para que con presencia de la disposición constitucional i conocimiento de lo ocurrido en este asunto, presente a la Cámara un nuevo dictámen.

Se trató despues en discusión particular el proyecto presentado por el Diputado-Secretario en favor de la viuda de don Juan José Benavente i puesto en votacion quedó aprobado por mayoría de veinticinco votos contra siete en la forma siguiente:

"Artículo único. La Nacion concede a la viuda e hijos de don Juan José Benavente una pension piadosa de veinticinco pesos mensuales para que la gocen de consuno la viuda durante su vida, miéntras permanezca en viudedad i las hijas miéntras permanezcan sin estado."

Se consideró despues la solicitud en que doña Mercedes Larrañaga pide el abono del medio sueldo que dejó de percibir su finado marido, doctor don Cárlos Rodríguez, durante el tiempo que estuvo separado del pais i de las funciones de Ministro de la Corte Suprema i se desechó por mayoría de 21 contra 10.

En seguida se pasó a tratar de la solicitud de doña Rosario Albano viuda del Ministro de la Corte de Apelaciones don Santiago Montt, i puesto en votacion este negocio fué desechado por mayoría de 16 vetos contra 14.

Ultimamente se consideró el acuerdo del Senado en la solicitud don Ignacio Montaner, el cual puesto en votacion fué aprobado por 26 votos contra 4 en la forma siguiente:

"Artículo único. Se concede a don Ignacio Montaner la pension de veintinueve pesos mensuales, ínterin, no se le coloque por el Supremo Gobierno en otro destino análogo al que servia en la estinguida Comisaría de Ejército."

Con lo cual se levantó la sesión a las diez i media de la noche, quedando en tabla los asuntos ántes anunciados. —Pinto. R . Renjifo.


ANEXOS

Núm. 301

Quedo instruido por la nota de V. E. número 54, datada el 7 del actual, de que esa Cámara en sesion del mismo dia, ha reelejido a V. E. para su Presidente i al señor José Javier Bustamante para Vice.

Dios guarde a V. E. —R. L. Irrarázabal. Manuel Montt. —A. S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 302

El Senado ha tomado en consideracion el proyecto de lei en que se designa la fuerza de que debe constar el Ejército permanente en el año de 1835, i le ha prestado su aprobacion en la forma en que aparece en el Mensaje del Presidente de la República que orijinal acompaño.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 12 de 1844. —D. J. Benavente. Francisco Bello, Pro Secretario. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 303

A consecuencia de la solicitud de doña Mercedes Fernández, viuda de don José Mateo Fábres, que con los antecedentes se acompaña, esta Cámara ha tenido a bien acordar el siguiente:


proyecto de lei:

"Artículo único. Se concede a la viuda e hijos de don Mateo Fábres una pensión de veinticinco pesos mensuales, de que gozarán los agraciados en la forma i segun las reglas establecidas para el montepío militar."

—Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 12 de 1844. —D. J. Benavente. Francisco Bello, Pro secretario. —A. S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 304

La Comision de Guerra i Marina ha examinado detenidamente el espediente con que se acompaña el proyecto de lei aprobado por la Cámara de Senadores concediendo a don Ignacio Montaner una pension de veintinueve pesos mensuales, ínterin no se le coloque por el Supremo Gobierno en otro destino i es de opinion que la Cámara debe aprobaren todas sus partes el artículo único en que se contiene, atendiendo a los largos servicios prestados por el interesado a la República.

Sala de la Comision, Octubre 13 de 1844. —Eujenio Necochea. —Agustín López. —Justo Arteaga.


Núm. 305

La Comision de Guerra ha eximinado cuidadosamente los documentos de que está revestida la solicitud de doña María de la Luz Lira, viuda del capitan graduado de ejército don José Duarte, i penetrado de la justicia con que la Cámara de Senadores le ha declarado la pensión de ocho